domingo, 7 de febrero de 2016

Otorgan domiciliaria a otro represor por razones de salud

El represor Boan era apodado “Víbora”

Los jueces de la sala de feria de la Cámara Federal de Casación Penal le dieron el beneficio a Rubén Alfredo Boan, quien actuó en el centro clandestino que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo y cumple condena en la cárcel de Ezeiza. Según fundamentaron, “sufre diversas patologías” y esto “podría agravar el riesgo respecto de la salud del imputado”.

Los jueces de la sala de feria de la Cámara Federal de Casación Penal revocaron una decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N° 1 de La Plata y le otorgaron la prisión domiciliaria al represor Rubén Alfredo Boan, quien actuó en el centro clandestino de detención que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo, durante la última dictadura cívico–militar.

Ángela Ledesma, Roberto Boico y Norberto Frontini hicieron lugar a la presentación realizada por los defensores oficiales Gastón Barreiro y Paola Semino, quienes solicitaron se le otorgue el beneficio a Boa debido a padecimientos de salud. El represor cumple condena en el Complejo Penitenciario Federal I, de Ezeiza.
Según detalló el pedido la defensa, el represor, de 70 años, posee un estado de salud que “ha empeorado con el reciente diagnóstico de un carcinoma de próstata” y “recientemente ha sido intervenido quirúrgicamente por presentar un aneurisma de aorta abdominal infrarenal”.

Las razones
Los jueces son los mismos que esta semana le otorgaron prisión domiciliaria a Horacio Elizardo Luján, uno de los autores –junto con Miguel Etchecolatz–, de la desaparición de Clara Anahí Mariani Teruggi, nieta de María Isabel “Chicha” Mariani, una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo
En la sentencia, firmada hoy, los jueces Ledesma y Frontini recordaron que Boan “sufre diversas patologías” y esto “podría agravar el riesgo respecto de la salud del imputado, con compromiso de vida, de no recibir control periódico clínico, neurológico, cardiológico y psiquiátrico necesario”.
“No pueden ser desatendidos los extremos humanitarios vinculados con el derecho a la vida, la dignidad y libertad de las personas mayores de edad”, escribieron los magistrados al hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria del represor. Boico, por su parte, aunque acordó revocar la sentencia pretendía reenviar el expedite al TOF para que fuera éste el que dictara un nuevo pronunciamiento.

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