miércoles, 13 de diciembre de 2017

NEGARON LA LIBERTAD CONDICIONAL AL GENOCIDA ETCHECOLATZ

LA BASURA EN SU LUGAR

Por HIJOS La Plata
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Después de despacharse con el escandaloso fallo que absolvió al genocida “Pipi” Pomares en el juicio por crímenes cometidos por la CNU, el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata se reivindicó con una buena noticia: le denegó el pedido de libertad condicional al jefe de las bandas del Terrorismo de Estado en nuestra zona, Miguel Osvaldo Etchecolatz. Analizamos lo que augura ese pedido pese a haber sido rechazado.

El pasado 11 de diciembre, el presidente del Tribunal Oral federal 1 de La Plata, Germán Castelli, estampó su firma en el fallo que rechaza el pedido de libertad condicional realizado por los abogados del genocida Etchecolatz en la causa que lo condenó a perpetua en 2006, decisión que tenía en vilo a la militancia de DDHH platense respecto a una nueva posibilidad de que la impunidad se hiciera cuerpo.
La defensa del genocida, ejercida por la unidad de letrados móviles de la Defensoría Oficial, había invocado el artículo 28 y de la ley 24.660 y el artículo 13 del Código Penal, que establecen que se concede ese beneficio al condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido 35 años de condena y al condenado a reclusión o a prisión por más de tres 3 años que hubiere cumplido los dos tercios de la pena. En el caso de Etchecolatz, condenado en este causa a prisión perpetua en 2006, según esos criterios podría objetivamente acceder a la libertad condicional desde el 28 de noviembre de 2017. Sin embargo, el juez Castelli apuntó que ninguna pena que se imponga en el futuro en causas en las que se encuentra con prisión preventiva podrá ser más grave que la impuesta en esta causa a prisión perpetua, lo cual relativiza el sentido de reinserción en la sociedad que conlleva la figura de la libertad condicional.

El caso de Etchecolatz es paradigmático en varios sentidos, ya que se encuentra condenado en el proceso de 2006, en la causa “Circuito Camps”,  en los homicidios de Marcelo Bettini y Luis Bearzi y en la causa “Favero-Álvarez”. Pero además está detenido a la espera de juicio en las causas “Pozo de Quilmes”, “Pozo de Banfield”, “Brigada de San Justo”, residual de “Pozo de Arana” y por el secuestro y las torturas al ex diputado provincial del Frejuli Mario Medina. Completan su prontuario las causas que lo tienen, por un lado en juicio ante el TOF 6 de Capital Federal (por los CCD Puente 12 y Comisaría de Monte Grande), y el expediente 7421 en instrucción en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de Lomas de Zamora.
Un total de 11 causas en las cuales obtuvo la domiciliaria en 5 y el cese de prisión preventiva en 4, encontrándose detenido sólo en las causas obrantes en CABA y Lomas de Zamora.
Es muy significativo que el mismo tribunal platense que le otorgó los beneficios de domiciliaria y cese de preventiva arguye ahora que como está detenido en otras causas ajenas a su fuero no se debe conceder la libertad condicional. Agregando a ello que tanto en la causa de CABA como en la de Lomas el represor ya solicitó la domiciliaria. Puntualmente Castelli opinó que las medidas de coerción personal que viene sufriendo en estas dos causas “constituyen un escollo suficiente para impedir su libertad condicional, cuando ellas, por mandato legal, carecerían de posibilidad de añadir mayor tiempo de detención a la pena ya impuesta en este expediente”. Y que llegada la condena en esas causas la cuestión debería ser analizada caso por caso “por los tribunales respectivos en el marco de su jurisdicción y competencia”. 

Por todo ello, el presidente del TOF 1 concluyó que Etchecolatz “se encuentra detenido con prisión preventiva para otras causas en trámite, por lo cual se halla imposibilitado de cumplir con las exigencias requeridas por el digesto sustantivo para el supuesto en que se dispusiera el beneficio de la libertad condicional".

Al igual que cuando el genocida fue sumando el beneficio de la domiciliaria en distintas causas, lo cual se trasladó a una avalancha de pedidos de otros represores, esta resolución sobre la libertad condicional anticipa próximos planteos de genocidas ya condenados que vayan cumpliendo parte de su pena. Pensemos que el comisario fue condenado en el primer juicio iniciado tras la anulación de las leyes de impunidad, donde fue desaparecido por segunda vez Jorge Julio Lopez y donde todas las sospechas apuntan al propio Etchecolatz. Por eso decimos que esta situación debería hacer reflexionar sobre el peligro real que enfrenta la ejecución de condena en este tipo de procesos por crímenes gravísimos e imprescriptibles: ser una mera formalidad.
Por ahora el símbolo de la represión de la Policía bonaerense en dictadura seguirá preso, pero no está dicha la última palabra.

martes, 5 de diciembre de 2017

El veredicto contra 2 integrantes de la CNU en La Plata dejó un sabor agridulce

Carlos Castillo fue condenado a perpetua, pero Juan José Pomares fue absuelto. En sus últimas palabras, el ahora condenado Castillo prometió "más sangre, más dolor y más lágrimas", en una clara amenaza. (Por Luis Angió para La Retaguardia) 

Foto: Castillo señala amenazante a las abogadas durante sus palabras finales (Captura de pantalla de la transmisión de La Retaguardia)

El pasado 29 de noviembre se llevó a cabo la última jornada del juicio oral y público contra Carlos “Indio” Castillo y Juan José “Pipi” Pomares, quienes estaban acusados por cuatro homicidios y siete secuestros cometidos entre febrero y abril de 1976 que se llevó adelante en el juzgado del tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata, a cargo de los jueces Pablo Vega, Alejandro Esmoris y Germán Castelli (Presidente del Tribunal).
La Concentración Nacional Universitaria (CNU) fue una banda parapolicial que cometió cientos de asesinatos entre 1973 y 1976, durante los gobiernos constitucionales de Juan Domingo Perón e Isabel Martínez de Perón, y que en La Plata funcionó a partir de la gobernación del dirigente metalúrgico y representante del peronismo de derecha, Victorio Calabró.

En Mar del Plata ya fueron juzgados y condenados siete miembros de esta banda fascista condenados a prisión perpetua, entre ellos un ex fiscal federal en dos casos y en otros a penas de siete a tres años.
En la última jornada de la audiencia, en horas de la mañana, el tribunal dio la posibilidad a los acusados de dar sus últimas palabras.
El primero en hacerlo fue Juan Carlos “Pipi” Pomares, quien entre otras cosas manifestó que"A los 17 años fui adoctrinado en el peronismo. El peronismo fue mi familia… Soy víctima y no victimario…la cárcel del 76 me enaltece como militante peronista. No soy el que algunos quieren que sea… Soy absolutamente inocente…Los abusos siempre son malos. Provengan de donde provengan. Lo digo yo que fui preso político del Estado”.
Posteriormente habló Carlos “el Indio” Castillo quien manifestó:  “Me enteré por los diarios de estos días que iba a ser condenado a cadena perpetua”. Y en una clara amenaza a las abogadas y familiares de las víctimas allí presentes manifestó: “si no se reconstruye la Constitución como ley suprema de la Nación; si no se restaura el estado de derecho; si no se garantiza la seguridad jurídica; si el ministerio público, si esta república de badulaques a sueldo de los corruptos de turno; si las bestias que pastan en el derecho (señalando a las abogadas defensoras que se encontraban presentes),.. Sr. Presidente…los hombres y mujeres de buena voluntad que con la ayuda de dios, fuente de toda razón y justicia, que solo deseamos habitar este suelo para vivir y trabajar en paz, solo podemos prometerle a nuestros hijos, a sus hijos y a los hijos de nuestros hijos, más sangre, más dolor y más lágrimas”.
Finalizadas sus últimas palabras, el Tribunal no se expresó respecto a esas manifestaciones de Castillo, como algunas personas esperaban, y solo indicó que se pasaría a un cuarto intermedio para dar la sentencia, aclarando de más allá de lo dicho por el genocida en cuanto que ya había sido condenado por los medios, ellos darían su veredicto.

El veredicto

Luego del cuarto intermedio el tribunal reingresó a la sala para leer el veredicto dejando constancia en primer lugar que el hecho juzgado “resultan constitutivos de crímenes de lesa humanidad y así deben ser juzgados”.

En cuanto a las penas, por unanimidad resolvieron condenar a Juan Carlos “el Indio” Castillo a la pena de reclusión perpetua, entre otras víctimas por Carlos Domínguez; Graciela Emilia Martínez; Hugo Daniel Pastorino; y Adelaida Úrsula Borbón.
En cuanto a Juan José “Pipi” Pomares,  fue absuelto por unanimidad por aplicación del beneficio de la duda, disponiendo su inmediata libertad.
Esta decisión fue repudiada en el mismo recinto por los familiares y amigos de las víctimas, debiendo soportar las provocaciones de los familiares y amigos de Pomares que festejaban la liberación de este individuo que fue absuelto por crímenes cometidos y comprobados por los mismos hechos por los que fue condenado a cadena perpetua Carlos Castillo. Solo los separaba una hilera de policías.

Las razones de la absolución de Pomares

En diálogo Paulo Giacobbe para La Retaguardia durante la Ronda de las Madres de Plaza de Mayo Línea  Fundadora, el pasado jueves 30 de noviembre, Susana Zaldua, hermana de Adriana Zaldua, una de las víctimas de esta banda fascista, (asesinada junto otra/os militantes del Partido Socialista de los Trabajadores (PST) entre el 4 y 5 de septiembre de 1975) y en relación a la absolución y libertad de Pomares, indicó que: “Pipi Pomares es uno de los miembros de la CNU apoyados por el poder político y que fue empleado de la intendencia platense cuando era intente (Julio) Alak, quien fue posteriormente Ministro de Justicia (durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner) y luego estuvo trabajando (Pomares) en el Senado (de la provincia de Bs. As.) con varios senadores del FPV, hoy alguno de ellos están en el Frente Renovador. De modo que tuvo un apoyo político y esa presión política la tuvieron estos jueces para dictar este lamentable fallo”.
En lo hay que hay coincidencias positivas de los organismos de derechos humanos es en que estos asesinatos previos al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976, fueron considerados en el fallo de lesa humanidad y por lo tanto son imprescriptibles.

Por el lado de las querellas, Marta Vedio, de la APDH de La Plata  declaró que “Lo importante es que los hechos fueron considerados probados, se probó que la CNU cometió delitos de lesa humanidad en nuestra ciudad y eso es muy importante". También rechazó la absolución de Pomares, dado que consideró probada su participación en los crímenes de la CNU. “Por eso, con esta convicción, vamos a ir a Casación para que revea el fallo”.
Otra de las abogadas de la parte de la defensa, Guadalupe Godoy, de Justicia Ya!, indicó que  “el marco probatorio era más que suficiente para condenar a ambos”, adelantando que apelarán la absolución de Pomares.

Los crímenes de la CNU fueron cometidos durante el período de los gobiernos constitucionales de Juan Perón e Isabel Martinez de Perón y durante más de 40 años ocultados por todos los gobiernos constitucionales terminada la dictadura cívico-militar-eclesiástica. Solo la tenaz lucha de los familiares  de las víctimas hizo que una ínfima minoría de los asesinos fueran llevados al banquillo de los acusados y en pocos casos juzgados y condenados como estos de La Plata y Mar del Pata. Quedan todavía más asesinatos, violaciones y desapariciones que deben ser investigados y llevados a la justicia para que se sepa la verdad sobre lo sucedido a más de un centenar de luchadores y dirigentes y activistas sindicales y estudiantiles.

La complicidad de todo el arco político sobre estos asesinatos y el silencio que se quiere imponer sobre estos crímenes, que en realidad desnudan el carácter fascista y reaccionario de un período de nuestra historia, no hará callar el reclamo de Memoria Verdad y Justicia que reclaman los familiares de cientos víctimas de estos asesinos que formaban parte de las bandas parapoliciales formadas y apoyadas por un gobierno que alimentó golpes de Estado internos como el que destituyó al gobernador peronista Oscar Bidegain en la Provincia de Buenos Aires e impuso como gobernador a Victorio Calabró, para dar lugar a un período de crímenes y represión inmediatamente anterior a lo que luego fue la dictadura cívico-militar-eclesiástica .
Debe quedar perfectamente claro que los asesinatos y desapariciones de personas no comenzaron el 24 de Marzo de 1976, sino que hubo bandas como las comandadas por el “Indio” Castillo y el “Pipi “ Pomares, y otras formadas bajos el amparo del Estado nacional como la Triple A (Alianza Anticomunista Argentina, al comando del Ministro de Acción Social y mano derecha del entonces Presidente, José Lopez Rega) armadas, financiadas y dirigidas por funcionarios del gobierno de Perón.