viernes, 30 de diciembre de 2016

Perpetua para seis ex policías federales por crímenes de lesa humanidad en la dictadura

Se trata del entonces jefe de la Delegación La Plata de la PFA, Martín Eduardo Zuñiga; el ex inspector Rafael Oscar Romero; el ex sargento Horacio Alfredo Ortiz; el ex cabo Roberto Arturo Gigli, quien además era Personal Civil de Inteligencia del Ejército; y los ex cabo 1° Jorge Alberto Blanco y José Carlos Sánchez, quien es el único que no revistaba en la delegación platense sino que prestaba servicios en la Superintendencia de Seguridad Federal.

Antes de oír la sentencia, el TOF 2 dio a los imputados el derecho a decir unas últimas palabras, pero salvo el ex policía Gigli, los demás se negaron a hablar.

"A pesar de que la Fiscalía me tildó de monstruo, fui una persona a derecho, viví siempre en la ciudad, actué deportivamente, fui dirigente (...) creo en la justicia y sé que soy inocente", expresó Gigli al hacer uso de unas últimas palabras antes de la sentencia.

El Tribunal condenó a los seis ex policías a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta como coautores de homicidio agravado por el concurso premeditado de más de dos personas en el caso de José Cugura, N.N. Jorge o La Chancha y Adela Fonrouge, en este último caso agravado por el uso de veneno; la privación ilegal de la libertad agravado por el uso de violencia en el caso de José Libralato y Mauricio Mansilla y las lesiones agravadas por tormento en el caso de Libralato.

Los jueces resolvieron además absolver a los imputados de la acusación de privación ilegítima de la libertad de Irma Guzmán y el robo agravado de Mauricio Mansilla.

Con respecto al pedido de la fiscalía para que se revoque la domiciliaria de Zuñiga, Romero, Ortíz y Sánchez, el TOF 2 dispuso que se resuelva en incidente por separado.

La principal prueba que implicó a los ex policías en los hechos juzgados fue un documento elaborado por la propia Policía Federal en la que se solicitaba el ascenso de los mencionados efectivos por haber participado en un operativo represivo en 1977.

El 11 de octubre de 1977, una brigada de la Dirección General de Inteligencia de la Superintendencia de Seguridad Federal se constituyó en la delegación platense, con información acerca del domicilio de un joven militante de esa ciudad, Juan Carlos Rodríguez, a quien habían secuestrado en septiembre en Buenos Aires.

Tras el aviso a los militares, esa misma madrugada una comisión integrada por policías federales platenses y capitalinos fue a allanar ilegalmente el domicilio de Rodríguez y pudo determinar que a las 5.30 de ese mismo día la víctima iba a tener un encuentro con un compañero de alias "Tito", en la céntrica esquina de 7 y 43.

Juan José Libralato, "Tito", fue baleado por los efectivos y luego fue "interrogado", lo que permitió obtener su domicilio, en el que asesinaron a su esposa Adela Esther Fonrouge, quien se vio obligada a tomar una pastilla de cianuro; tras lo cual asesinan a Cugura en otro punto de la ciudad.

Dos días después, la policía monto otro operativo cerrojo en el entonces Estadio Provincial, situado en 32 y 23, de La Plata, donde Libralato debía reunirse con un hombre identificado como Jorge o La Chancha, y lo asesinaron.

miércoles, 21 de diciembre de 2016

Nuevo fallo judicial impide que Etchecolatz se vaya a su casa

La Cámara Federal de La Plata le negó la prisión domiciliaria al ex director de Investigaciones de la Policía Bonaerense. El genocida ya suma dos fallos en contra.

Ayer las querellas que son parte de la causa conocida como "El Infierno" (en referencia a ese ex centro clandestino de detención ubicado en las instalaciones de la Brigada de Investigaciones de la Policía Bonaerense de Avellaneda) recibieron la notificación de la Cámara Federal de La Plata.

Según la resolución, le fue denegada la detención domiciliaria al genocida Miguel Osvaldo Etchecolatz en el marco de dicha causa, en la que está procesado.

La negativa a que el exdirector de Investigaciones de la policía provincial y mano derecha de Ramón Camps se vaya a su casa se suma a un rechazo anterior en el mismo sentido por parte de la misma Cámara pero en la causa "Pozo de Banfield". Vale recordar que ambas causas refieren al denominado Circuito Camps.

Ambas resoluciones de Cámara ratifican lo resuelto el primera instancia por el juez federal Ernesto Kreplak.

La abogada del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH) Luz Santos Morón manifestó que este nuevo fallo "permite que, al menos por el momento, este genocida siga en la carcel. Y eso es gracias a la pelea que venimos dando desde hace meses los organismos de derechos humanos, sobrevivientes y familiares".

Santos Morón agregó que "si bien es de esperar que la defensa de este genocida apele el fallo, queda sentado un importante precedente para nuestra lucha por cárcel efectiva para quienes cometieron los peores crímenes contra el pueblo trabajador".

miércoles, 9 de noviembre de 2016

JusticiaYa La Plata rechazó el pedido de prisión domiciliaria al genocida Etchecolatz

Frente a la negatoria del juez Kreplak en la causa Pozo de Banfield referida al pedido de prisión domiciliaria al genocida Miguel Osvaldo Etchecolatz se realizó la audiencia en donde la querella de Justicia YA se pronunció con un fuerte rechazo. Expusieron María Victoria Moyano, Clara Petrakos y Alejandrina Barry hijas de desaparecidos, y también hizo uso de la palabra Nilda Eloy (AEDD).

Victoria Moyano Artigas, hija de desaparecidos y nacida en cautiverio en el Pozo de Banfield planteó que “A nosotras esto nos preocupa y estamos acá después de 40 años para decir que nos parece inconcebible que Miguel Etchecolatz pueda contar con un privilegio de prisión domiciliaria”.

Por el rol de dirección [fue mano derecha de Ramón Camps, quien estuvo a cargo de la Policía Bonaerense durante la dictadura] podría haber aportado en los distintos expedientes (…) y declaró públicamente en varias oportunidades que sabía el destino de Clara Anahí, la nieta de Chicha Mariani que aún estamos buscando, y si esto no es obstruir las investigaciones al no querer aportar datos, no sé cómo se llama”
sentenció Victoria quien fuera apropiada, a pocos días de nacer, por el comisario de la brigada de San Justo, un subordinado del comisario Miguel Osvaldo Etchecolatz.

Por su parte Clara Petrakos, hija de desaparecidas contó que el próximo 11 de noviembre se cumplen 40 años del secuestro de su madre, quien estaba embarazada de su hermana y que al día de hoy la siguen buscando.

La querella de Justicia YA se opuso a la apelación realizada por la defensa que insiste con el pedido de presión domiciliaria para Etchecolatz. Plantearon que los problemas de salud que dice padecer no son suficientes para el otorgamiento del beneficio de domiciliaria, y que puede atenderse en el servicio de salud de la unidad penitenciaria sin necesidad de ser trasladado a su casa.

Alegaron que “Miguel Etchecolatz no es un preso más sino uno de los máximos responsables del accionar represivo y del plan sistemático de exterminio llevado adelante durante la última dictadura militar en la provincia de Buenas Aires”.
ue el genocida Etchecolatz vaya a su casa significaría un verdadero riesgo procesal al permitirle una mayor libertad de acción para uno de los responsables de la desaparición de Jorge Julio López, y que además está involucrado en la mayoría de los juicios de lesa humanidad en provincia de Buenos Aires”
sentenciaron.

Y como señalara Nilda Eloy, que "a diferencia de la anterior audiencia, la defensa estuvo presente y se le dió la palabra en primer lugar y manifestó que es el preso más viejo, 87 años, está enfermito tiene de todo, alta posibilidad de muerte súbita, cuando terminó, Compaired uno de los jueces, le pregunto algo sobre lo de la muerte súbita y que eso podía suceder en cualquier lado, el defensor contestó que Etchecolaz "tenía derecho a una muerte digna", sin palabras.

Las abogadas de JusticiaYa, además de los argumentos antes señalados, les recordaron el fallo de esta sala negándole la domiciliaria a Smart y pidiendo que las víctimas fueran escuchadas. El defensor se opuso, pero los jueces aceptaron justificando el derecho de la víctima a ser escuchada, dijeron 2, dijimos que eran 3 que iban a hablar poquito 5 minutitos cada una, ya que yo no iba a hablar, aceptaron. Así habló  primero Clarita, luego Viki Moyano y por último Alejandrina, impecables, desde las tripas, aplausos para cada una. Se terminaba y yo no pude callarme y pedí (sin micrófono) hablar 1 minuto. Me lo concedieron, entonces le aclaré al defensor la incongruencia de hablar de muerte digna de Moe, es un genocida y los genocidas no mueren dignos no importa donde mueran, y como toda una boga le recordé que el instituto que el pide habla de enfermos en fase terminal y no de enfermos al término de su vida, eso nos pasa a todos.

Participación de 9 policías federales en la desaparición de militantes de Montoneros

 La causa se inicia a partir de hallazgo en el legajo personal de Emilio Alberto Rimoldi Fraga de un expediente interno iniciado el 14 de octubre de 1977. En él se hace un relato pormenorizado de los procedimientos en los que participaron 9 policías federales. Las víctimas eran militantes o estaban relacionados con la Columna 27 de Montoneros.

Cerca del amanecer del martes 11 de octubre de 1977 emboscan a Juan José Libralato en el centro de La Plata cuando asistía a una cita con un compañero; lo interrogan y trasladan a Capital. En la mañana de ese día van a la casa de Libralato/Fonrouge y la allanan; Adela Esther Fonrouge toma una pastilla de cianuro, la trasladan; estaba embarazada de entre 2 y 4 meses. Dejan a la hija de la pareja de 6 meses en el lugar, Julia Esther Libralato (los abuelos paternos la recuperan el 15 de ese mes). Cerca del mediodía del mismo día, la misma comisión de policías embosca a Juan Oscar Cugura y es asesinado en el tiroteo. Finalmente, por la noche secuestran a Irma Guzmán en su domicilio; estaban buscando a su marido.

Dos días más tarde, el jueves 13 de octubre de 1977 por la mañana emboscan a Jorge o La Chancha (de quien no se saben más datos); es herido de gravedad y según el legajo murió al ser trasladado al Hospital Naval. Por la noche secuestran a Mauricio Emeraldo Mansilla de su domicilio; permaneció unos 20 días en La Cacha.

El único sobreviviente es Mansilla; Guzmán fue recientemente ubicada y tal vez declare en el juicio; de los cuatro restantes, Cugura, Fonrouge, La Chancha y Libralato se encontraron los restos inhumados como NN (los tres primeros en el Cementerio Municipal de La Plata y Libralato en el Cementerio Municipal de Berazategui).


Los policías son:

1.      Blanco, Jorge Alberto
2.      Gigli, Roberto Arturo
3.      Gómez, Carlos Omar (falleció el 12 de julio de 2012).
4.      Maciel, Adalberto Abel (falleció el 28 de febrero de 2009)
5.      Ortiz, Horacio Alfredo
6.      Rimoldi Fraga, Emilio Alberto (prófugo)
7.      Romero, Rafael Oscar
8.      Sánchez, José Carlos (cumplía funciones en Capital Federal)
9.      Zúñiga, Martín Eduardo

Excepto Sánchez, todos cumplían funciones en la delegación La Plata de la Policía Federal. Sánchez lo hacía en el Departamento de Asuntos Extranjeros.

En orden jerárquico:

Zúñiga                        COMISARIO
Rimoldi Fraga             SUBCOMISARIO
Gómez                        PRINCIPAL
Romero                       INSPECTOR
Maciel                         SUBINSPECTOR
Ortiz                            SARGENTO
Gigli y Blanco              CABO
Sánchez                      CABO PRIMERO

martes, 13 de septiembre de 2016

POSTERGACIONES Por HIJOS La Plata

Tras haber fijado dos fechas de inicio en falso, los días 12 y 29 de agosto, el TOF1 de La Plata iba a iniciar el juicio a la CNU de La Plata con la composición Germán Castelli, César Álvarez y Carlos Rozanski. Sin embargo el juez Álvarez renunció a su cargo de subrogante por supuesta “prescripción médica” en curiosa coincidencia con la obligación de resolver sobre la domiciliaria al genocida Miguel Etchecolatz. Entonces, a mediados de agosto el Consejo de la Magistratura designó a Alejandro Esmoris, juez de cámara del Tribunal

Oral en lo Criminal Federal N° 2, para subrogar la vacante hasta el 30 de noviembre. Desde el espacio Justicia Ya La Plata recusamos a Esmoris por su actuación en el juicio “Labolita” en Mar Del Plata en 2009, donde absolvió a uno de los imputados y cuestionó a los testigos en voto compartido con el juez Nelson Jarazo. Para resolver la incidencia, y ante la excusación de Rozanski, se designó al juez Jorge Michelli .

El panorama se hace más complejo si tenemos en cuenta que no hay un plantel fijo en la conformación del tribunal para otras causas pendientes de juicio. Además, ante nuevas vacantes y pujas internas, se viene echando mano de los jueces de la Cámara Federal como Agustín Lemos Arias y Antonio Pacilio. Para más datos en la causa por la “Brigada de Investigaciones de San Justo”, el juez Castelli está excusado por ser amigo personal de uno de los imputados: Juan María Torino, subsecretario de Gobierno en la gestión de facto en la provincia de Buenos Aires entre abril del '76 y marzo del '79. Pero el hecho más grave, y que atañe estrictamente al juicio CNU, es la excusación de Rozanski en la causa, al parecer, por haber recibido amenazas de muerte.

Según trascendidos que habrá que comprobar, una denuncia ante el juez federal Ernesto Kreplak alertó que un ex jefe de la CNU habría comprado dos armas de guerra con el fin de asesinar a Rozanski, que rechazó la custodia pero se excusó de participar en el juicio a la CNU.
El 5 de septiembre pasado la Cámara de Casación designó a Carlos Alberto Nogueira, juez de la Cámara Federal platense, para cubrir la nueva vacante. Lo hizo sin tener en cuenta que estaba de licencia hasta el 23 de septiembre. Ello obligó a volver a Casación para que designe un nuevo magistrado.

En abril de 2015 Rozanski había denunciado intimidaciones graves contra él y sus colaboradores en llamados telefónicos, mensajes de voz en los celulares, correos electrónicos y cartas. Por entonces dijo que la campaña comenzó luego de que se conocieran los fundamentos de la sentencia del juicio “La Cacha”. Esa vez realizó la denuncia en el Juzgado 1, por entender que había “una avanzada estructura logística con información sobre el entorno social y familiar de cada uno de los destinatarios”. Tras esto, Rozanski, se excusó de participar en todas las causas en las que esté procesado Etchecolatz. El dato importante es que son la mayoría de los expedientes a la espera de juicio en La Plata. Así, la pulseada comenzó a ganarla Etchecolatz, que de una u otra manera le torció el brazo a uno de los jueces más prolijos de toda la justicia Federal de nuestro país.

Este año el TOF 1 solo realizó el juicio por la causa “Favero/Alvarez”, 4 imputados por 2 casos, e inició el proceso a Lucio Carlos Ramírez, militar que integraba el Regimiento de Infantería Nº 7 de La Plata, por los homicidios de Ángel Giorgiadis y de Horacio Rapaport y por la privación ilegal de la libertad de Julio César Urien, todo ello en una causa residual del juicio Unidad 9 de 2010.

Sin hacer del caso una cuestión de valentía, habrá que pensar como asume cada uno el rol que le compete, los sobrevivientes, familiares, testigos e incluso los jueces, sobre todo frente a la exposición que significa encarar este tipo de juicios. Mucho más teniendo en cuenta que desde el primer juicio realizado en La Plata, hace 10 años, está desaparecido Jorge Julio López, un sobreviviente de la dictadura que buscaba justicia. Y de alguna manera el hecho no escapa a la responsabilidad del propio Tribunal Oral Federal 1 de La Plata.

La realidad indica que el desempeño de un tribunal que comenzó su tarea condenando ejemplarmente a Etchecolatz en 2006, se va desdibujando en el potencial rol de nuevos magistrados más permeables a los planteos de los defensores de los genocidas, como el otorgamiento de domiciliarias, la existencia de atenuantes a la hora de dictar condenas o las “dudas razonables” para sobreseer a probados asesinos. Esto afectará el futuro de los juicios contra los genocidas en La Plata, que ya viene siendo fragmentario y tardío.

viernes, 26 de agosto de 2016

El Juez Kreplak dictamina que Etchecolatz vuelva a la cárcel

Ernesto Kreplak, juez federal y titular del Juzgado en los Criminal y Correccional Federal número 3 de la Ciudad, dictaminó que el genocida Miguel Etchecolatz retorne a la cárcel que yacía detenido antes a que se lo traslade al Hospital Penitenciario de Ezeiza. La defensa del represor consideró una excusa oportunista solicitar la prisión domiciliaria. Ante eso, en 7 y 50 hubo movilizaciones repudiando esta arista del caso.

Quien fuera jefe dictatorial de la policia de la provincia de Buenos Aires en el proceso fáctico inició una huelga de hambre el 26 de julio y la culminó el sábado. En la unidad médica iba a ser examinado su estado de salud.

En el día de la fecha, agrupaciones y personas por motus propio se movilizaron en contra de que se le otorgue al genocida la prisión domiciliaria. El epicentro de esta moción fue 7 y 50 y allí encabezaron la protesta.

sábado, 20 de agosto de 2016

Para el genocida Etchecolatz, un único destino: la cárcel común, perpetua y efectiva

El 18  de agosto, el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata, con los votos por la afirmativa de los jueces Germán Castelli y  Daniel Alejandro Esmoris y el voto en disidencia del juez Roberto Agustín Lemos Arias, otorgó la prisión domiciliaria al genocida  Etchecolatz.

Este represor fue condenado en cuatro oportunidades por los crímenes cometidos en algunos de los campos de concentración que dependían  de la Dirección  de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires que  el dirigía.

Si bien está decisión del tribunal no se hará efectiva inmediatamente, pues todavía pesan sobre el genocida  otras causas en las que aún falta expedirse, esta “concesión” al  principal sospechoso de la segunda desaparición de Jorge Julio López es un avance de la impunidad y un golpe a la memoria y la lucha de nuestro pueblo que reclamó justicia durante 40 años.

Etchecolatz está preso por haber asesinado, desaparecido, secuestrado, torturado y robado bebes, y debiera estar indagado como responsable del segundo secuestro y desaparición de Jorge Julio López.

En la sentencia del primer juicio al genocida Miguel Osvaldo Etchecolatz el tribunal dictaminó:

Etchecolatz es autor de delitos de lesa humanidad cometidos en el marco de un genocidio, que evidenció con sus acciones un desprecio total por el prójimo y formando una parte esencial de un aparato de destrucción, muerte y terror. Comandó los diversos campos de concentración en donde fueron humilladas, ultrajadas y en algunos casos asesinadas las víctimas de autos.

Etchecolatz cometió delitos atroces y la atrocidad no tiene edad. Un criminal de esa envergadura, no puede pasar un sólo día de lo que le reste de su vida, fuera de la cárcel. Así voto.

En cuanto a la peligrosidad que igualmente debe evaluarse, considero que de las pruebas producidas queda suficientemente claro que se trata de un individuo altamente peligroso con independencia de los años que tenga.

30 años de luchas llevó la posibilidad de enjuiciar al terrorismo de Estado y Etchecolatz fue el primero en ser juzgado y condenado. No podemos olvidar que Jorge Julio López, representado por la querella de Justicia Ya, fue caso y testigo por su primer secuestro y fue desaparecido por segunda vez en el marco de este juicio.

En aquella declaración, Jorge Julio López contó como Etchecolatz dirigía personalmente las matanzas y pateaba cobardemente a los compañeros tabicados y amarrados.

A 10 años de la segunda desaparición de Jorge Julio López reafirmamos nuestro compromiso y nos movilizamos por:

NO A LA DOMICILIARIA A ETCHECOLATZ
CÁRCEL COMÚN PERPETUA Y EFECTIVA PARA TODOS LOS GENOCIDAS?!
A DÓNDE VAYAN LOS IREMOS A BUSCAR
SI NO HAY JUSTICIA, HAY ESCRACHE.

NO OLVIDAMOS- NO PERDONAMOS – NO NOS RECONCILIAMOS

ENCUENTRO MEMORIA VERDAD Y JUSTICIA

domingo, 14 de agosto de 2016

Decisión del Juez Kreplac sobre la detención de Etchecolatz: a la casa no, sí al hospital

El juez negó el arresto domiciliario por el que el ex comisario Miguel Etchecolatz había iniciado una huelga de hambre y dispuso, a partir de lo recomendado por los peritos, disponer su internación en un hospital o clínica, según la cobertura médica con que cuente.
 
El ex comisario Miguel Etchecolatz tiene un pie afuera de la cárcel. Su estrategia para volver a su casa de Mar del Plata, sin embargo, podría quedar a mitad de camino. El juez federal Ernesto Kreplac le negó ayer el arresto domiciliario y dispuso, a partir del consejo de peritos médicos, su internación en un hospital extramuros. De los exámenes realizados el jueves en el Hospital Penitenciario de Ezeiza surge que el ex jefe de la Brigada de Investigaciones de La Plata, que acumula seis condenas por delitos de lesa humanidad, simuló un cuadro más grave del que padece pero también que su estado es “de regular a malo”, agravado por su “decisión voluntaria y libre” de iniciar una huelga de hambre. Al margen de la resolución en primera instancia, donde se investigan cientos de crímenes por los que el ex hombre fuerte del Circuito Camps todavía no fue juzgado, ayer volvió a postergarse la decisión del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, que terminará de conformarse el martes cuando Alejandro Smoris asuma como subrogante.
 
Tres semanas atrás, pese a que dos dictámenes del Cuerpo Médico Forense (CMF) confirmaron que las patologías de Etchecolatz pueden ser tratadas en Ezeiza, los jueces Germán Castelli y Jorge Michelle votaron a favor de concederle el arresto domiciliario por sus 87 años, su hipertensión arterial y los riesgos de un accidente cerebrovascular. La medida no se concretó porque el propio tribunal lo condenó también en otras causas (en las que deberá pronunciarse el martes) pero dio pie para que la defensa del represor sume presión en el tema. El ex policía, por su parte, decidió iniciar una huelga de hambre para aportar lo suyo.
El viernes pasado, ante “ciertas inconsistencias” en los informes de los médicos del Servicio Penitenciario Federal, Kreplac ordenó una nueva intervención del CMF y al mismo tiempo requirió al director del Servicio Penitenciario intensificar los controles y “proceder a la alimentación forzada” si la salud del huelguista corriera “grave riesgo”. Los exámenes se realizaron el jueves último, con intervención de peritos médicos y psicológicos del CMF y del Ministerio Público Fiscal. Las conclusiones citadas en la resolución indican que la salud del represor va “de regular a mal” y que sufre “un deterioro físico importante dada la huelga de hambre, lo que motiva la necesidad de internación en un hospital extramuros para su mejor control clínico y de laboratorio”. Dos psicólogas dejaron constancia de su “actitud pasiva, indiferente y reticente” a someterse al examen, con un “tono de voz inaudible que imposibilitó el diálogo”, cuadro que se revirtió cuando terminó la entrevista y pasó a expresarse “de modo audible, cambiando su expresión verbal y gestual” con otra médica.
 
El juez tomó nota del estado de Etchecolatz y de la influencia “determinante” de la huelga de hambre para concluir que “no alcanza el umbral exigido” por la ley 24.660, que autoriza el arresto domiciliario en caso de “enfermedad incurable en período terminal” o cuando el hospital penitenciario no permite “tratar adecuadamente su dolencia”. Interpretó la “decisión voluntaria y libre” de no comer ni tomar medicamentos como un derecho del condenado pero destaco que “no puede cederse al empeño autolesivo” para lograr “un beneficio que de otro modo no le correspondería”. Luego analizó el consejo de la internación extramuros.

El Hospital Penitenciario “cumple con las condiciones mínimas” pero “son pocos los cirujanos” y “no tiene terapia intensiva ni intermedia, por lo que en caso de descompensación o situación de crisis el interno debe ser trasladado al Hospital de Ezeiza con la única ambulancia con equipos de alta complejidad con que se cuenta”. Decidió entonces disponer la internación en un hospital o clínica que dependerá “de la cobertura médica” de Etchecolatz y destacó que los médicos que lo traten estarán “autorizados a proceder a la alimentación o medicación forzada” si corre “grave riesgo su salud”

martes, 2 de agosto de 2016

ETCHECOLATZ DEBE CUMPLIR CÁRCEL COMÚN PERPETUA Y EFECTIVA

Los abajo firmantes manifestamos nuestro más enérgico repudio a la concesión de arresto domiciliario para el genocida Miguel Etchecolatz por parte los jueces subrogantes Germán Andrés Castelli, Roberto Agustín Lemos Arias y Jorge Michelli.

Condenado a cadena perpetua, pretende el represor el privilegio de ser trasladado a su domicilio por "razones de salud", las mismas que se le niega sistemáticamente a miles de presos en las cárceles del pais.
Entiende el tribunal que este genocida no presenta peligro de fuga ni entorpecerá en las otras causas en las que está siendo juzgado. Olvidan estos jueces, que Jorge Julio López permanece desaparecido y la relación manifiesta, aunque no investigada entre dicho represor y la segunda desaparición de López.
Este nuevo paso en dirección a una pretendida "reconciliación" auspiciada desde las más altas autoridades gubernamentales y el propio Vaticano, encontrará en los que luchamos durante 40 años por Memoria, Verdad y Justicia, la más férrea de las resistencias.

CÁRCEL COMÚN PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS.
NO HABRÁ NI OLVIDO, NI PERDÓN, NI RECONCILIACIÓN.
A 10 AÑOS DE LA SEGUNDA DESAPARICIÓN DE JORGE JULIO LOPEZ,NO PASARÁN !!!
 

Primeras firmas:

AEDD Asociación de ex Detenidos Desaparecidos
APEL - Asociación de Profesionales en Lucha
APEMIA -Agrupación Por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la Amia.
CADEP-Coordinadora Antirrepresiva por los Derechos del Pueblo
CEPRODH – Centro de Profesionales por los Derechos Humanos
CMM-Colectivo Memoria Militante
CORREPI - Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional.
EATIP, Equipo Argentino de Trabajo e Investigación Psicosocial
LIBERPUEBLO, Asociación por la Defensa de la libertad y los Derechos del Pueblo.
AGD UBA, Asociación Gremial Docente de la UBA

Desde el exterior :
Casapueblos
Solidaridad Obrera

Multisectorial La Plata Berisso Y. Ensenada :repudio al arresto domiciliario del genocida Echecolatz

Desde la Multisectorial La Plata, Berisso y Ensenada repudiamos y rechazamos
la concesión de arresto domiciliario para el genocida Miguel Etchecolatz.
Esta medida de privilegio fue dada por parte de los jueces subrogantes Germán Andrés Castelli, Roberto Agustín Lemos Arias y Jorge Michelli.

Condenado a cadena perpetua, pretende el represor el privilegio de ser trasladado a su domicilio por “razones de salud”, las mismas que se le niega sistemáticamente a miles de presos en las cárceles del país. Entiende el tribunal que este genocida no presenta peligro de fuga ni entorpecerá en las otras causas en las que está siendo juzgado. Olvidan estos jueces, que Jorge Julio López permanece desaparecido y la relación manifiesta, aunque no investigada entre dicho represor y la segunda desaparición de López.

Este es un nuevo paso en dirección a una pretendida “reconciliación” auspiciada desde las más altas autoridades gubernamentales, tanto del anterior gobierno como el de Mauricio Macri, como de otros sectores que se sienten representados en la editorial del Diario La Nación del día siguiente al ballotage. 

Desde esta Multisectorial manifestamos que esta medida como todas aquellas que pretendan avanzar en la impunidad de tantos años, encontrará en los que luchamos durante 40 años por Memoria, Verdad y Justicia, la más férrea de las resistencias.

CÁRCEL COMÚN PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS.
NO HABRÁ NI OLVIDO, NI PERDÓN NI RECONCILIACIÓN.
A 10 AÑOS DE LA SEGUNDA DESAPARICIÓN DE JORGE JULIO LOPEZ,NO PASARÁN !!!

MULTISECTORIAL LA PLATA, BERISSO Y ENSENADA

martes, 10 de mayo de 2016

Comunicado de prensa de la AEDD : NO AL PROTOCOLO ANTI-PIQUETES

10 de Mayo de 2016
Comunicado de prensa:

Frente a la difusión de la noticia informando sobre la reunión de un grupo de organizaciones sociales, políticas y de DDHH con la Comisión de Seguridad del Consejo Deliberante en la cual en forma confusa se nos ubica dentro de dicho cónclave o dando alguna opinión sobre lo allí tratado:

La ASOCIACIÓN DE EX-DETENIDOS DESAPARECIDOS (AEDD) aclara que no participó ni tiene dispuesto participar de ninguna negociación acerca del  Protocolo de Actuación en Manifestaciones Públicas que  impulsa la bancada oficial en el Consejo Deliberante de la Ciudad de La Plata.

Nuestra asociación desde siempre a tenido una posición de negativa absoluta con respecto al intento por parte del Estado de impedir que el pueblo se manifieste ya sea a través  la represión o mediante la criminalización y judicialización a la protesta social de cualquier tipo. Esta posición  es compartida por un gran número de organizaciones gremiales, políticas, estudiantiles, de DDHH y compañeros independientes con los cuales estamos coordinando acciones concretas  frente a este intento de acallar el clamor popular que deviene de las violaciones a los DDHH que padece nuestro pueblo.

A diario son conculcados el derecho a la salud, a una vejez digna, a la educación, al acceso a una vivienda , al trabajo, a salarios justos, el derecho a un trato digno en comisarías y unidades penitenciarias, etc. El derecho a manifestar públicamente y en las calles estos atropellos es el que se trata de eliminar o "encarrilar", con este protocolo,  dentro de los permisos que den los mismos que los violan. Es el Estado el que tiene la obligación de garantizarlos y no el de encubrirlos acallando a quien los reclama.

La AEDD repudia este proyecto y no propugna ningún otro alternativo, sea que regule la protesta o la actuación policial en la protesta. Luchamos para que el pueblo se pueda expresar libremente y por tanto porque no haya ningún tipo de actuación policial ni judicial ante la protesta.

Desde la AEDD y dentro de la Multisectorial La Plata, Berisso y Ensenada llamamos a la más amplia coordinación para impedir que el municipio vote esta proyecto que al igual que el de nación es de un claro tinte fascista, siendo ambos,  hijos de la Ley Antiterrorista y de toda la legislación represiva vigente.
  
NO AL PROTOCOLO ANTI-PIQUETES
DEROGACIÓN DE LA LEY ANTI TERRORISTA
DESMANTELAMIENTO DEL APARATO REPRESIVO

                                                                    
 ASOCIACIÓN DE EX-DETENIDOS DESAPARECIDOS

lunes, 9 de mayo de 2016

"Me niego a saludar cualquier abogado que defienda genocidas"

La abogada Pía Garralda le negó el saludo a Juan Lossino, que defendía a uno de los acusados durante el juicio por delitos de lesa humanidad en el Centro Clandestino de Detención La Cacha en 1977. Lossino realizó la denuncia por "falta de ética" en el Colegio de Abogados.

Nota de : MAURO SZETA

El escándalo se dio en el juicio que investigó delitos de lesa humanidad en el Centro Clandestino de Detención La Cacha en 1977. El denunciante es el abogado Juan Losinno, defensor de uno de los acusados que terminó condenado a 13 años de cárcel.

Según el abogado, en diversas audiencias del debate, dos abogados de la querella le retiraron el saludo de forma evidente."No saludo abogados de genocidas", le espetó a Losinno la abogada Pía Garralda, según la denuncia.

En una nota que dio a Radio 10, el letrado dijo que otro de los querellantes lo saludó y luego se arrepintió. Según Losinno, la situación es grave y fue tolerada por el Tribunal Federal lo que podía "agitar" los ánimos en la sala de audiencias.

La historia derivó en una denuncia de Lossino en el Colegio de Abogados. El letrado pidió sancionar a la letrada por falta ética.Del otro lado, la abogada Garralda se defendió: "Losinno defendió a Claudio Grande, quien terminó condenado a 13 años de cárcel, por intervenir en la matanza de un grupo nacional".

"Me niego rotundamente a saludar cualquier abogado que defienda a quienes fueron responsables del genocidio", dijo la abogada.

"En ese marco, desde la querella realizamos constantes quejas sobre la actuación de Losinno por realizar chicanas jurídicas y provocaciones con tal de dilatar el proceso", argumentó la abogada."Losinno intimidó a varios sobrevivientes y testigos poniendo en duda sus testimonios, provocando una revictimización", se explayó la letrada denunciada.

Según la abogada, Losinno terminó apercibido por el Tribunal por sus faltas constantes en el debate.
Finalmente Garralda dijo: "De ningún modo el Colegio nos puede obligar al saludo. De ningún modo, saludar a un colega es una condición esencial para el ejercicio de la abogacía".

"Como abogada de Derechos Humanos me niego rotundamente a saludar cualquier abogado que defienda a quienes fueron responsables del genocidio ocurrido en la última dictadura militar", escribió en su descargo. — con Pía Garralda.

jueves, 11 de febrero de 2016

Confirman la prisión perpetua para el ex director de la Unidad 9 de La Plata

La Corte Suprema aprobó la condena para el director de la Unidad 9 durante la última dictadura cívico-militar, David Abel Dupuy. La sentencia que había sido dictada por la Cámara Federal de La Plata en 2010 y confirmada el pasado año por la Cámara de Casación Penal, es por los homicidios de siete presos y las torturas a otros 70 reclusos

La Corte Suprema confirmó la condena a prisión perpetua para el director de la Unidad 9 (U9) de La Plata durante la última dictadura, el prefecto David Abel Dupuy, por los homicidios de siete presos y torturas a otros 70 reclusos.

Fuentes judiciales informaron que el fallo de ratificación de la pena máxima alcanzó también al subjefe del penal, el prefecto Isabelino Vega, que había sido condenado junto a Dupuy por la Cámara Federal de La Plata en 2010 y tuvo confirmación en 2015 por la Cámara Federal de Casación Penal.

Durante esa gestión se produjeron los homicidios de los presos Dardo Cabo, Roberto Rufino Pirles, Ángel Georgiadis, Horacio Rapaport, Juan Carlos Deghi y Marcos Ibáñez Gatica, arrancados de prisión y ejecutados en forma sumarísima, más los tormentos seguidos de muerte de Alberto Pinto.

Ahora la Corte ratificó las condenas de los dos principales responsables de la cárcel al declarar “inadmisible” la apelación presentada por Fernando Rey, defensor oficial coadyuvante, quien representaba a ambos condenados, por lo que el fallo adquirió fuerza de “cosa juzgada”.

Entre las víctimas de los tormentos figuraron el Premio Nobel de la Paz 1980, Adolfo Pérez Esquivel, y los ahora periodistas Eduardo Jozami y Eduardo Alfredo Anguita, según la justicia. También incluyó la privación ilegal de la libertad de los detenidos políticos Julio Cesar Urien, Horacio Micucci, Juan Gramano, Juan Destéfano (ex presidente de Racing), Guillermo Segalli, Gonzalo Carranza y Miguel Alejandro Domínguez

martes, 9 de febrero de 2016

¡¡ Basta de beneficios a los genocidas !!

 Desde el espacio Justicia Ya La Plata repudiamos las decisiones de la justicia federal que han beneficiado con prisión domiciliaria a un grupo de 9 represores procesados o condenados en causas por delitos cometidos como parte del genocidio cometido en la última dictadura, y que se sustancian en el fuero federal platense.

La justicia penal federal continua desplegando generosidades hacia los represores de la última dictadura: en diciembre pasado denunciábamos el apartamiento de las causas por “incapaz” al jefe de operaciones e inteligencia del Ejército en nuestra zona, el envío a su casa al marino Juan Carlos Herzberg, que suma 3 condenas y ya violó la domiciliaria ocultando un arsenal en su casa, y sobreseimiento del policía Luis Raúl Ponce en la acusación por el primer secuestro de Jorge Julio López en su casa de Los Hornos. 

Ahora denunciamos que la Cámara de Casación Penal y el Juzgado Nº1 revirtieron lo actuado por los tribunales platenses con 4 fallos que benefician con la prisión domiciliaria al ex jefe de la Unidad Regional La Plata de la bonaerense en dictadura, Horacio Elizardo Luján, con dos condenas a perpetua a cuestas; al ex integrante del Destacamento 101 del Ejército Ricardo Von Kyaw, que estuvo prófugo 4 años y fue capturado en Panamá; al ex integrante de las patotas de la Brigada de Investigaciones de San Justo, Alfredo Boan; y a un grupo de 6 marinos y prefectos condenados en octubre pasado en el denominado juicio a la “Fuerza de Tareas 5”.

Muy activos durante la feria judicial, los jueces de Casación Ángela Ledesma, Roberto Boico y Norberto Fontini entendieron que la permanencia de Luján en una cárcel común podría “agravar el riesgo respecto de la salud del imputado, con compromiso de vida, de no recibir control periódico clínico, neurológico y cardiológico”.

Según se desprende del fallo, tienen en cuenta que “Luján se encuentra cumpliendo prisión preventiva desde el 23 de octubre de 2006 y superó los 80 años de edad”. Pero resulta que Luján no solo está procesado, sino condenado a perpetua por 25 casos de Comisaría 5ta, entre ellos el de Jorge Julio Lopez, en el juicio “Circuito Camps” de 2012; y a perpetua por los homicidios de Marcelo Bettini y Luis Bearzi en el juicio por el CCD “La Cacha” en 2014.

Respecto a Von Kyaw, ex miembro de la Central de Reunión de Información del Destacamento 101, el juez Laureano Durán le otorgó el arresto domiciliario con monitoreo electrónico y custodia de Gendarmería en el marco de la residual de causa “La Cacha” porque el represor padece cáncer de pulmón. Además, Durán aceptó que el hijo del represor, Kurt Von Kyaw, sea el garante del beneficio siendo que la pesquisa para su detención comenzó por el propio Kurt, que manejaba las tarjetas de crédito y la empresa de seguridad privada del padre mientras este estaba prófugo. El juez Ernesto Kreplak hizo extensivo el beneficio en las causas “Pozo de Quilmes” y “Pozo de Banfield”.

Además, el trío Ledesma/Boico/Fontini otorgó la domiciliaria al represor Rubén Alfredo Boan, procesado junto a otros 30 genocidas en la causa por los crímenes cometidos en la Brigada de Investigaciones de San Justo. Según los informes médicos, Boan, que cumplió 70 años en agosto pasado, padece cáncer de próstata y requiere acompañamiento para ir al baño y una dieta acorde a paciente oncológico. Y pese a que en el penal de Ezeiza donde se encontraba alojado están dadas todas las condiciones para atenderlo o trasladarlo a donde necesite, los jueces afirmaron que no se ha acreditado cuales son los riesgos que se pueden presentar para que Boan no se encuentre detenido en su casa. 
Es interesante que la justicia entienda que la domiciliaria es la regla y no la excepción, siempre que el fiador de la privación de la libertad de una persona es el propio Estado, que no puede garantizar las condiciones mínimas de detención y elude el problema enviando a los genocidas a sus casas mientras mantiene igualmente sucios, hacinados y violentados a la mayoría de los internos del Servicio Penitenciario, a merced de su mafia uniformada específica.

Para completar el cuadro, los jueces de la Sala II de Casación, Pedro David, Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, echaron atrás la revocatoria de las domiciliarias de que gozaban la mayoría de los represores juzgados en el proceso a la “Fuerza de Tareas 5”, decidido en octubre pasado por el Tribunal Oral federal 1 de La Plata.

La decisión, que se resolvió para el caso del marino condenado Jorge Errecaborde pero se hizo extensiva a Antonio Vañek, Carlos Schaller, José Fernandez Carró, Luis Rocca y Eduardo Meza, pretende fundamentarse en que los genocidas cumplen el requisito formal de edad que establece la ley que otorga el beneficio, pero que además “la revocación de la prisión domiciliaria fue dispuesta por el tribunal sin haber invocado la concurrencia de alguno de los presupuestos que habilitan el dictado de la medida” y que tampoco se acreditó en autos cuáles son los riesgos que impidan que cumplan condena en sus domicilios.

Pareciera que para los magistrados haber sido probada su responsabilidad en el Genocidio y haber recibido condena de primera instancia no varía en nada la situación de los represores. Por lo demás, no es cierto que no se haya argumentado debidamente, ya que 10 de las 611 páginas de los fundamentos del fallo se dedican a la cuestión. Basta remitirse al voto del juez Carlos Rozansky en el fallo, quien dijo que existen razones jurídicas y éticas claras e imperativas para tal decisión: el beneficio de la domiciliaria reviste carácter excepcional, que la gravedad de los delitos y las altas penas impuestas así lo ameritan, que el hecho de que el beneficio fuera otorgado en la instrucción de la causa no resulta vinculante y que sostener lo contrario transforma la pena de prisión efectiva en una “mera formalidad”. La mera formalidad viene siendo regla, incluso para el TOF1 de La Plata, que, con disidencia de Rozansky, le concedió la domiciliaria al marino Juan Carlos Herzberg un mes y medio después de haberlo condenado y pese a que había escondido un arsenal en su casa durante todo el juicio a la “FT5”.

Mientras en muchos sectores preocupa la continuidad en abstracto de los juicios a los genocidas, va quedando cada vez más en evidencia que la tardanza del Estado en acelerar los procesos juega a favor de la impunidad biológica de los represores, y los criterios ambiguos para sostener las acusaciones, aportar prueba y conceptuar el debido cumplimiento de las condenas está llevando a un cuello de botella donde cada vez más genocidas quedarán fuera de futuro juicios.

El canallesco editorial del diario La Nación, publicado insidiosamente horas después de resuelto el balotaje presidencial, reinstaló a la derecha en el debate sobre la significancia profunda de los juicios al igualar primero a todos los organismos de Derechos Humanos con el proyecto político del kirchnerismo, y al intentar luego confundir al pueblo sobre el proceso de juzgamiento con supuestas “nuevas violaciones de derechos humanos”. La derecha, que se ha cansado de quejarse de que los organismos defendemos “los derechos de los delincuentes”, sale ahora a pedir a los “políticos responsables” y a “los jueces compenetrados de su misión” actuar “en consonancia con la verdad histórica y los principios básicos del derecho penal”, es decir el retardo de los juicios y la impunidad biológica de los peores asesinos de nuestra historia tranquilos y en sus casas.

Pero el reclamo de la “tribuna de doctrina” de los Mitre no es el único cuestionamiento a la cárcel común: recordamos el grave antecedente de septiembre de 2014, cuando la Corte Suprema reabrió la polémica por las domiciliarias a los genocidas, tras flexibilizar su propio criterio y otorgarle por razones médicas el beneficio a Roque Pappalardo, condenado a perpetua por el TOF de Mar Del Plata en marzo de 2012 por el asesinato del abogado laboralista Carlos Moreno. El cambio de criterio fue patente, porque hasta ahora la Corte priorizaba la cárcel común al contemplar que los genocidas han cometido delitos graves y conservan poder y capacidad logística para fugarse y complicar las investigaciones.

Sobre esas grietas se montan los sectores que buscan impunidad para cuestionar todo el proceso como una revancha. Por primera vez sectores que reivindican la teoría de los dos demonios y reclaman “memoria completa”, como el Celtyv, se reúnen con ministro y secretario del área de DD.HH. Con este antecedente cabría preguntarse cuánto pesarán a partir del nuevo escenario político los reclamos de impunidad de la derecha, cuando el propio Estado ha reconocido que en la “década ganada” el 40% de los pocos represores judicializados cumplió arresto domiciliario.

 Nosotros seguiremos exigiendo Cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas y sus cómplices, sin ningún beneficio
Justiciaya, la plata!!!

domingo, 7 de febrero de 2016

Otorgan domiciliaria a otro represor por razones de salud

El represor Boan era apodado “Víbora”

Los jueces de la sala de feria de la Cámara Federal de Casación Penal le dieron el beneficio a Rubén Alfredo Boan, quien actuó en el centro clandestino que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo y cumple condena en la cárcel de Ezeiza. Según fundamentaron, “sufre diversas patologías” y esto “podría agravar el riesgo respecto de la salud del imputado”.

Los jueces de la sala de feria de la Cámara Federal de Casación Penal revocaron una decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N° 1 de La Plata y le otorgaron la prisión domiciliaria al represor Rubén Alfredo Boan, quien actuó en el centro clandestino de detención que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo, durante la última dictadura cívico–militar.

Ángela Ledesma, Roberto Boico y Norberto Frontini hicieron lugar a la presentación realizada por los defensores oficiales Gastón Barreiro y Paola Semino, quienes solicitaron se le otorgue el beneficio a Boa debido a padecimientos de salud. El represor cumple condena en el Complejo Penitenciario Federal I, de Ezeiza.
Según detalló el pedido la defensa, el represor, de 70 años, posee un estado de salud que “ha empeorado con el reciente diagnóstico de un carcinoma de próstata” y “recientemente ha sido intervenido quirúrgicamente por presentar un aneurisma de aorta abdominal infrarenal”.

Las razones
Los jueces son los mismos que esta semana le otorgaron prisión domiciliaria a Horacio Elizardo Luján, uno de los autores –junto con Miguel Etchecolatz–, de la desaparición de Clara Anahí Mariani Teruggi, nieta de María Isabel “Chicha” Mariani, una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo
En la sentencia, firmada hoy, los jueces Ledesma y Frontini recordaron que Boan “sufre diversas patologías” y esto “podría agravar el riesgo respecto de la salud del imputado, con compromiso de vida, de no recibir control periódico clínico, neurológico, cardiológico y psiquiátrico necesario”.
“No pueden ser desatendidos los extremos humanitarios vinculados con el derecho a la vida, la dignidad y libertad de las personas mayores de edad”, escribieron los magistrados al hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria del represor. Boico, por su parte, aunque acordó revocar la sentencia pretendía reenviar el expedite al TOF para que fuera éste el que dictara un nuevo pronunciamiento.