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martes, 9 de febrero de 2016

¡¡ Basta de beneficios a los genocidas !!

 Desde el espacio Justicia Ya La Plata repudiamos las decisiones de la justicia federal que han beneficiado con prisión domiciliaria a un grupo de 9 represores procesados o condenados en causas por delitos cometidos como parte del genocidio cometido en la última dictadura, y que se sustancian en el fuero federal platense.

La justicia penal federal continua desplegando generosidades hacia los represores de la última dictadura: en diciembre pasado denunciábamos el apartamiento de las causas por “incapaz” al jefe de operaciones e inteligencia del Ejército en nuestra zona, el envío a su casa al marino Juan Carlos Herzberg, que suma 3 condenas y ya violó la domiciliaria ocultando un arsenal en su casa, y sobreseimiento del policía Luis Raúl Ponce en la acusación por el primer secuestro de Jorge Julio López en su casa de Los Hornos. 

Ahora denunciamos que la Cámara de Casación Penal y el Juzgado Nº1 revirtieron lo actuado por los tribunales platenses con 4 fallos que benefician con la prisión domiciliaria al ex jefe de la Unidad Regional La Plata de la bonaerense en dictadura, Horacio Elizardo Luján, con dos condenas a perpetua a cuestas; al ex integrante del Destacamento 101 del Ejército Ricardo Von Kyaw, que estuvo prófugo 4 años y fue capturado en Panamá; al ex integrante de las patotas de la Brigada de Investigaciones de San Justo, Alfredo Boan; y a un grupo de 6 marinos y prefectos condenados en octubre pasado en el denominado juicio a la “Fuerza de Tareas 5”.

Muy activos durante la feria judicial, los jueces de Casación Ángela Ledesma, Roberto Boico y Norberto Fontini entendieron que la permanencia de Luján en una cárcel común podría “agravar el riesgo respecto de la salud del imputado, con compromiso de vida, de no recibir control periódico clínico, neurológico y cardiológico”.

Según se desprende del fallo, tienen en cuenta que “Luján se encuentra cumpliendo prisión preventiva desde el 23 de octubre de 2006 y superó los 80 años de edad”. Pero resulta que Luján no solo está procesado, sino condenado a perpetua por 25 casos de Comisaría 5ta, entre ellos el de Jorge Julio Lopez, en el juicio “Circuito Camps” de 2012; y a perpetua por los homicidios de Marcelo Bettini y Luis Bearzi en el juicio por el CCD “La Cacha” en 2014.

Respecto a Von Kyaw, ex miembro de la Central de Reunión de Información del Destacamento 101, el juez Laureano Durán le otorgó el arresto domiciliario con monitoreo electrónico y custodia de Gendarmería en el marco de la residual de causa “La Cacha” porque el represor padece cáncer de pulmón. Además, Durán aceptó que el hijo del represor, Kurt Von Kyaw, sea el garante del beneficio siendo que la pesquisa para su detención comenzó por el propio Kurt, que manejaba las tarjetas de crédito y la empresa de seguridad privada del padre mientras este estaba prófugo. El juez Ernesto Kreplak hizo extensivo el beneficio en las causas “Pozo de Quilmes” y “Pozo de Banfield”.

Además, el trío Ledesma/Boico/Fontini otorgó la domiciliaria al represor Rubén Alfredo Boan, procesado junto a otros 30 genocidas en la causa por los crímenes cometidos en la Brigada de Investigaciones de San Justo. Según los informes médicos, Boan, que cumplió 70 años en agosto pasado, padece cáncer de próstata y requiere acompañamiento para ir al baño y una dieta acorde a paciente oncológico. Y pese a que en el penal de Ezeiza donde se encontraba alojado están dadas todas las condiciones para atenderlo o trasladarlo a donde necesite, los jueces afirmaron que no se ha acreditado cuales son los riesgos que se pueden presentar para que Boan no se encuentre detenido en su casa. 
Es interesante que la justicia entienda que la domiciliaria es la regla y no la excepción, siempre que el fiador de la privación de la libertad de una persona es el propio Estado, que no puede garantizar las condiciones mínimas de detención y elude el problema enviando a los genocidas a sus casas mientras mantiene igualmente sucios, hacinados y violentados a la mayoría de los internos del Servicio Penitenciario, a merced de su mafia uniformada específica.

Para completar el cuadro, los jueces de la Sala II de Casación, Pedro David, Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, echaron atrás la revocatoria de las domiciliarias de que gozaban la mayoría de los represores juzgados en el proceso a la “Fuerza de Tareas 5”, decidido en octubre pasado por el Tribunal Oral federal 1 de La Plata.

La decisión, que se resolvió para el caso del marino condenado Jorge Errecaborde pero se hizo extensiva a Antonio Vañek, Carlos Schaller, José Fernandez Carró, Luis Rocca y Eduardo Meza, pretende fundamentarse en que los genocidas cumplen el requisito formal de edad que establece la ley que otorga el beneficio, pero que además “la revocación de la prisión domiciliaria fue dispuesta por el tribunal sin haber invocado la concurrencia de alguno de los presupuestos que habilitan el dictado de la medida” y que tampoco se acreditó en autos cuáles son los riesgos que impidan que cumplan condena en sus domicilios.

Pareciera que para los magistrados haber sido probada su responsabilidad en el Genocidio y haber recibido condena de primera instancia no varía en nada la situación de los represores. Por lo demás, no es cierto que no se haya argumentado debidamente, ya que 10 de las 611 páginas de los fundamentos del fallo se dedican a la cuestión. Basta remitirse al voto del juez Carlos Rozansky en el fallo, quien dijo que existen razones jurídicas y éticas claras e imperativas para tal decisión: el beneficio de la domiciliaria reviste carácter excepcional, que la gravedad de los delitos y las altas penas impuestas así lo ameritan, que el hecho de que el beneficio fuera otorgado en la instrucción de la causa no resulta vinculante y que sostener lo contrario transforma la pena de prisión efectiva en una “mera formalidad”. La mera formalidad viene siendo regla, incluso para el TOF1 de La Plata, que, con disidencia de Rozansky, le concedió la domiciliaria al marino Juan Carlos Herzberg un mes y medio después de haberlo condenado y pese a que había escondido un arsenal en su casa durante todo el juicio a la “FT5”.

Mientras en muchos sectores preocupa la continuidad en abstracto de los juicios a los genocidas, va quedando cada vez más en evidencia que la tardanza del Estado en acelerar los procesos juega a favor de la impunidad biológica de los represores, y los criterios ambiguos para sostener las acusaciones, aportar prueba y conceptuar el debido cumplimiento de las condenas está llevando a un cuello de botella donde cada vez más genocidas quedarán fuera de futuro juicios.

El canallesco editorial del diario La Nación, publicado insidiosamente horas después de resuelto el balotaje presidencial, reinstaló a la derecha en el debate sobre la significancia profunda de los juicios al igualar primero a todos los organismos de Derechos Humanos con el proyecto político del kirchnerismo, y al intentar luego confundir al pueblo sobre el proceso de juzgamiento con supuestas “nuevas violaciones de derechos humanos”. La derecha, que se ha cansado de quejarse de que los organismos defendemos “los derechos de los delincuentes”, sale ahora a pedir a los “políticos responsables” y a “los jueces compenetrados de su misión” actuar “en consonancia con la verdad histórica y los principios básicos del derecho penal”, es decir el retardo de los juicios y la impunidad biológica de los peores asesinos de nuestra historia tranquilos y en sus casas.

Pero el reclamo de la “tribuna de doctrina” de los Mitre no es el único cuestionamiento a la cárcel común: recordamos el grave antecedente de septiembre de 2014, cuando la Corte Suprema reabrió la polémica por las domiciliarias a los genocidas, tras flexibilizar su propio criterio y otorgarle por razones médicas el beneficio a Roque Pappalardo, condenado a perpetua por el TOF de Mar Del Plata en marzo de 2012 por el asesinato del abogado laboralista Carlos Moreno. El cambio de criterio fue patente, porque hasta ahora la Corte priorizaba la cárcel común al contemplar que los genocidas han cometido delitos graves y conservan poder y capacidad logística para fugarse y complicar las investigaciones.

Sobre esas grietas se montan los sectores que buscan impunidad para cuestionar todo el proceso como una revancha. Por primera vez sectores que reivindican la teoría de los dos demonios y reclaman “memoria completa”, como el Celtyv, se reúnen con ministro y secretario del área de DD.HH. Con este antecedente cabría preguntarse cuánto pesarán a partir del nuevo escenario político los reclamos de impunidad de la derecha, cuando el propio Estado ha reconocido que en la “década ganada” el 40% de los pocos represores judicializados cumplió arresto domiciliario.

 Nosotros seguiremos exigiendo Cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas y sus cómplices, sin ningún beneficio
Justiciaya, la plata!!!

domingo, 23 de agosto de 2015

Un represor de la Marina violó la prisión domiciliaria

A juicio con un arsenal en casa

Durante la 5ta audiencia del juicio a la Fuerza de Tareas 5 el represor Juan Carlos Herzberg “ofreció” al tribunal las armas que posee en su casa donde, pese a 2 condenas anteriores, goza del beneficio de la domiciliaria. La farsa del control de ejecución de las preventivas y un tribunal que olvida lo sucedido con Jorge Julio Lopez.

Por HIJOS La Plata

Durante la 5ta audiencia del juicio que se lleva adelante en La Plata por los crímenes de la “Fuerza de Tareas 5” de Armada y Prefectura en Ensenada, Berisso y La Plata, quedó al descubierto la fragilidad con que justicia Federal intenta llevar adelante estos procesos, en franca exposición a males mayores sobre los testigos.
Luego de escuchar a los sobrevivientes Carlos Perdomo, Jorge Arri, Luis Córdoba, María del Carmen Miranda y Luis Bloga, el Tribunal Oral 1 de La Plata se propuso resolver algunos planteos de las partes sobre la “situación” de los represores imputados. Más temprano se había anunciado que sólo se encontraban presentes 4 de los 8 juzgados, que salvo uno cumplen prisión preventiva domiciliaria. Entre los ausentes estaba Juan Carlos Herzberg, oficial de la Marina que actuó como Director del Liceo Naval y Comandante de la FT5 entre febrero del '77 y el mismo mes del '78. Herzberg y el Tribunal 1 de La Plata son viejos conocidos: en 2010 se lo condenó a 10 años de prisión por la apropiación de la hija de desaparecidos María Natalia Suarez Nelson Corvalán, y en 2014 a otros 12 años por “complicidad en el Genocidio perpetrado durante la última dictadura” en 3 casos de secuestros juzgados en el proceso referido al CCD “La Cacha”. Pese a ello le sostuvieron la prisión domiciliaria, aún iniciado el tercer proceso que recae sobre él, esta vez específicamente por el plan represivo de la Armada en nuestra zona. Ahora el Tribunal lo tiene a disposición acusado sólo por la privación ilegal de la libertad de que fue víctima el desaparecido Mario Horacio Revoledo en mayo del '77. En abril pasado le había prorrogado la preventiva por 6 meses, y perdió la oportunidad de constatar su poder de fuego.
Sin haber informado antes a las mayoría de las querellas de los organismos de DD.HH., el tribunal hizo leer una resolución que anunciaba que en un allanamiento de noviembre pasado se habían encontrado municiones en el departamento de Luis María Campos al 1400 de CABA, donde el marino “cumple” el cómodo arresto.
Luego el TOF 1 informó que la fiscalía había pedido pericias para determinar si las municiones estaban en uso y si se correspondían con las armas que Herzberg había declarado poseer, eso sí bajo custodia de su hijo y su yerno. El asombro de las querellas, muchas de las cuales habían pedido la revocatoria de las domiciliarias al inicio del proceso, comenzaba a crecer, teniendo en cuenta que el hijo del represor es el fiador de su domiciliaria.
En lectura de corrido, los jueces informaron que Herzberg había presentado un escrito “poniendo a disposición del tribunal” las armas en cuestión.
La pericia del Registro Nacional de Armas (Renar) trocó el asombro en indignación para los pocos presentes en la sala: se informó que el reo tenía la credencial de portador vencida desde abril de 2009 y que su hijo estaba inhabilitado por el organismo a portarlas. Pero la mayor sorpresa fue al escuchar el verdadero arsenal que el marino ocultaba en su casa, o en poder de sus familiares: 11 armas de fuego, 8 calificadas “de guerra”, entre las calibre 12/70, las pistolas Smith &Weson, la Beretta, la Browning, los Winchester y hasta un fusil Máuser. A eso se le sumó el detalle de lo hallado en su casa, municiones calibre 12, 16, 22 y 44 más perdigones y pólvora sueltos, todos en buenas condiciones.
Pero mayor poder de fuego tuvo el tiro al aire con que el tribunal, en cuyo fuero 1 de cada 3 represores cumple domiciliaria, resolvió la cuestión. El juez César Álvarez propuso certificar los domicilios del hijo y yerno del marino, volver a ordenar pericias e informes al Renar para constatar nuevamente las condiciones de las armas y anoticiar a la Fiscalía para que inicie las investigaciones pertinentes sobre la posible comisión de un delito de acción pública. El Dr. Germán Castelli se limitó a rechazar el escrito presentado por el marino. El presidente del tribunal, Carlos Rosanzky, fue el único que votó por la revocación de la prisión domiciliaria para preservar la seguridad del imputado, su familia y los testigos del juicio. Argumentó también que el imputado no puede “ofrecer” al tribunal lo que no podía estar en su poder, y que hace más de un año el Registro había pedido al marino regularizar su situación sobre el material en cuestión.

Algunas querellas acompañaron el pedido de revocatoria con apelación en subsidio, a lo que se opuso el defensor oficial Adriano Máximo Liva, conocido por su encendida defensa del carnicero Luciano B. Menéndez en Córdoba en 2008, que dijo que el recurso no correspondía a las querellas, mucho menos en esta etapa del juicio. En un desconcierto general, el Tribunal afirmó que resolverá los planteos en la próxima audiencia, que será en 12 días. Mientras tanto Herzberg sigue en su casa sudando balas.

Antecedentes
El escandaloso hallazgo arroja varias reflexiones. Para empezar no es la primera vez que el TOF1 se enfrenta a este tipo de situaciones. En el juicio a Etchecolatz de 2006, el mismo tribunal le quitó la domiciliaria al jefe de las patotas de Camps a raíz de una denuncia del abogado querellante de la Asociación Anahí, que presidía la fundadora de Abuelas de Plaza de Mayo Chicha Mariani, quien pudo comprobar que el genocida -condenado y procesado en varias causas simultáneas- tenía armas "en perfecto funcionamiento" guardadas en su chalet de Mar del Plata, en donde cumplía el arresto domiciliario.

En aquella oportunidad el mismo tribunal, con voto de Rozansky y Norberto Lorenzo, había sostenido que “un individuo condenado entre otras penas a 23 años de prisión por gravísimos delitos e imputado en autos de una serie de también gravísimos hechos criminales, que posee un arma calibre 9mm y 30 proyectiles, no puede estar en su casa”. El tercer magistrado, Horacio Isaurralde, votó en disidencia. Pero además se desestimó el hecho de que la suegra de Etchecolatz hubiera entregado el arma a la Justicia cuando se enteró de la denuncia y argumenó que “el peligro potencial de la situación no disminuye en lo más mínimo con la simple y voluntaria entrega del arma (...) ni por las alegaciones de su defensor en cuanto a su frágil salud”, consideraron los jueces. Y añadieron: “Quien cumpliendo largas condenas, antiguo y entrenado usuario de armas y municiones y beneficiado por un sistema que le permitió alojarse en su propio domicilio, conserva en su poder desaprensivamente un arma de semejante calibre y una cantidad considerable de balas, representa un peligro para síy para terceros”.

Por último, los jueces compararon el caso de Etchecolatz con el de otros represores, a los cuales se les revocó el beneficio de del arresto domiciliario por quedar demostrado que salían de sus casas sin ningún tipo de control: “Si un detenido con régimen de prisión domiciliaria puede perder el beneficio e ir a la cárcel por el sólo hecho de salir para jugar al tenis o ir a comprar el pan, repugnaría el más elemental sentido de equidad que no lo perdiera quien posee en su casa una Browning 9 mm de Fabricaciones Militares”.
Aquella resolución se había dado 3 meses antes de la segunda desaparición forzada del testigo Jorge Julio Lopez, ocurrida sobre el final del juicio. Y fue confirmada por casación un año más tarde por entender que el reo era " peligroso para sí y para terceros ".
Pero la lección no fue suficiente para el Estado nacional, improvisado responsable de otorgar la tenencia y controlar la circulación de armas.

En octubre de 2007, ante un pedido del Ministerio de Defensa, el Renar dispuso “la inhabilidad preventiva como usuarios de armas” de 162 militares procesados en causas por delitos de lesa humanidad. Por entonces se informaba que los reos, entre los que se contaba a los jefes Jorge Rafael Videla, Reynaldo Benito Bignone, Albano Harguindeguy, Ramón Genaro Díaz Bessone, al asesino Alfredo Astiz, al jefe del “Vesubio” Alberto Durán Sáenz y al agente del Batallón 601 Pascual Guerrieri, debían entregar revólveres y pistolas en diez días.

La decisión se había motivado en el escándalo que significó aquel hecho referido a Etchecolatz, sumado al caso Lopez, y a que el general Ernesto Alais, acusado de participar en la represión en Tucumán y procesado en la causa por el “Plan Cóndor”, había llegado ser presidente de la Federación Argentina de Tiro.

Desde el Ministerio de Defensa, entonces en manos de Nilda Garré, trataron de romper la inercia corporativa de las Fuerzas Armadas pasándole el Renar a la cartera de Interior. El titular del organismo, Andrés Meiszner, intentó explicar que “la resolución 197 del 2006 modificó los requisitos para habilitar la tenencia de armas de fuego y dispuso que la autorización cae ante la sustanciación de cualquier proceso judicial”. Supuestamente, por un antecedente penal se inhabilitaba preventivamente la tenencia, y las armas quedaban en custodia del organismo hasta que se terminara el sumario y luego se destruían, o bien se le daba curso a la Unidad Fiscal del Renar para secuestrar el arma. Muy prolijo pero, a la vista de los hechos del juicio FT5 de La Plata, inexistente.
Lo que se presentó como una medida específica para control de os procesados por los casos de crímenes del Terrorismo de Estado, era en realidad una tardía constatación de morosidad masiva de reempadronamiento de parte de los represores. De hecho la citada resolución, que puede verse en http://www.renar.gov.ar/index_seccion.php?seccion=legislacion_visualizar&m=3&ley=32&disp=si , estipulaba requisitos generales para acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego, sean de uso civil o de uso civil condicional con el objetivo manifiesto de “optimizar el sistema de registración y el debido contralor de los usuarios”. Para ello reordenaba los requisitos: acreditar identidad, domicilio, medios de vida, inexistencia de causas penales, aptitud psico-física y la debida instrucción y papeleo.

Para el año 2012, el Renar informaba orgulloso que, por la vía del Plan de Desarme Voluntario, en los últimos diez años la portación y la tenencia habían bajado un 50 por ciento. El titular del organismo, Matías Molle, declaraba exhultante que “el kirchnerismo vino a cambiar la política de armas del Estado argentino”, porque “es el único país de Latinoamérica donde el organismo encargado de controlar las armas está a cargo de un civil”.

Sin hacer diferencia entre la regularización o quita de circulación de armas legales y la proliferación de armas ilegales, Molle confesaba la precariedad de actuación del máximo órgano del Estado nacional en la materia: “Lo primero que hicimos fue contactarnos con el Ministerio Público Fiscal y la organización H.I.J.O.S. Ellos nos dieron la información de las personas que estaban procesadas por delitos de lesa humanidad y con esa información empezamos a trabajar”. http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/uso-de-armas-inhabilitan-a-imputados-de-lesa-y-agentes-exonerados-842.html

Sin trabajo de inteligencia ni estadísticas propias, la gestión K subestimaba así las viejas mañas de los dinosaurios de la dictadura. Los antecedentes sobre el descontrol de las domiciliarias en el fuero Federal de La Plata tienen ya varios capítulos: el arma de Etchecolatz dio paso al otorgamiento de domiciliaria al médico represor de la Brigada de San Justo, Juan Antonio Vidal, que estuvo más de 8 años prófugo y fue hallado en su propio domicilio, a la fuga del jefe del Pozo de Banfield Juan Miguel Wolk de su casa de Mar Del Plata con ayuda de su hija policía, y a los paseos prohibidos en bicicleta del represor del Destacamento 101 Carlos Hidalgo Garzón desde un geriátrico abierto.

Privilegios
No es de extrañar para un proceso de juzgamiento que esperó a la segunda desaparición de Lopez y su escalada posterior en el amedrentamiento de testigos para poner en funcionamiento un programa específico de acompañamiento de los sobrevivientes llamados a declarar. Tampoco de una política del bombero, que necesitó el envenenamiento de Héctor Febres, prefecto preso en dependencias federales de la fuerza a la que pertenecía aunque había violado reiteradamente el arresto, para decretar que los custodios de los represores no podían ser sus propios camaradas de fuerza.

El incidente Herzberg reabre la discusión sobre el otorgamiento de beneficios extraordinarios a los peores asesinos de nuestra historia. La razón hegemónica parece ser enviar a los gerontes a su casa porque el Estado no posee infraestructura médica para tenderlos en prisión. Pero tampoco para controlar ese régimen aliviado.

En 2009 se modificó la ley 24.660, que rige la ejecución de penas, con su complementaria 26.472 y se amplió en su artículo 32 los supuestos en los cuales procedía la prisión preventiva bajo la modalidad de prisión domiciliaria, otorgando beneficios para mayores de 70 años, madres embarazadas o con niños pequeños y enfermos terminales. Se lo hizo sin realizar ninguna excepción al respecto cuando se tratara de procesados o condenados por delitos de lesa humanidad. El criterio de aplicación del beneficio, al no distinguir delitos graves de los comunes, es que debe regir igualitariamente, para “no generar discriminaciones donde la ley no hace diferencias”. L consecuencias de ese pretendido “igualitarismo” son nulas en una justicia de clase como la argentina, donde el 40% de los procesados por lesa humanidad gozan de la domiciliaria y la mayoría de los presos comunes de los servicios penitenciarios Federal y provinciales sufren la Prisión Preventiva como pena anticipada.

En los fundamentos de la sentencia que condenó a Herzberg en 2010 el juez Ronzasky señalaba que "es muy distinta una sociedad en la que los jóvenes se eduquen en una cultura del conocimiento cabal de su historia y con genocidas que cumplieron sus condenas en una cárcel común, que la de aquella en la que los condenados por gravísimos delitos contra la humanidad, disfruten del verano en City Bell, tomando un refresco al lado de la pileta de natación (...), ello es -a no dudarlo- sinónimo de impunidad".

Queda dicho por quien encabeza el tribunal que debe juzgar los delitos de una de las zonas más castigadas por la represión en la dictadura, a quien le secuestraron un testigo en democracia, a quien Etchecolatz le ganó una batalla a razón de amenazas logrando que se excusara de los próximos debates que lo involucran y, esta semana, a quien se le escapó por años un arsenal.

martes, 11 de agosto de 2015

Fuerza de tareas 5: Tercera audiencia : memoria de la dignidad obrera

(HIJOS-LA PLATA) Durante la tercera audiencia se escucharon los testimonios de 4 sobrevivientes de los CCD de la Armada y Prefectura. Los compañeros siguieron señalando la estructura represiva de los marinos y la complicidad de la burocracia sindical de ATE Ensenada en dictadura. Pese a este juicio, muchos crímenes de la Armada continúan impunes

En primer término se escuchó a Mario Pelaez, trabajador de Astillero Río Santiago que sufrió secuestro y torturas tres meses antes del golpe de Estado, lo que da cuenta que el accionar represivo, la inteligencia, los medios y el circuito de lugares de detención ya estaban planificados y en pleno funcionamiento previo al golpe.
Con dificultades para movilizarse pero con claridad y contundencia para expresarse, Pelaez contó que desde el '74 era era delegado del Sector Maniobras en el Astillero, fue detenido de de la casa de sus padres la madrugada del 16 de enero del '76 y fue llevado al BIM 3, donde sufrió torturas y estuvo 3 o 4 días desaparecido.
El testigo relató que reconoció el lugar porque antes de ingresar a trabajar en el Astillero, en el año '69, había trabajado en una reforma muy grande de albañilería y pintura que se había hecho en el BIM3.
Lo ingresaron por la calle paralela al paredón y por el portón que estaba sobre calle 126. El lugar donde estuvo detenido era la enfermería del Batallón, en un subsuelo que daba a los fondos del predio, lindando con el Hospital Naval. Allí lo ataron a una cama, con un colchón de goma pluma mojado, le conectaron cables a los pies y comenzó la tortura y los golpes. Lo interrogaban por la bomba la bomba en la Fragata Trinidad por el asesinato de un sargento del Ejército. Luego lo subieron a la planta alta, a una celda que reconoció porque él mismo la había pintado como parte de aquel trabajo.
Recordó que estuvo tirado varios días sin agua ni comida, y que escuchaba gente gritar con la tortura, pero no pudo ver ni reconocer a nadie. Un día lo cargaron tabicado en un móvil y lo llevaron a u lugar al 20 minutos del BIM, del que sólo recuerda que tenía un portón grande de ingreso de vehículos. Otra noche lo vinieron a buscar, lo cargaron en una camioneta y lo tiraron en el Km 500 de Temperley.
También relató que en esos días el Astillero y las fábricas de la zona estaban todas paradas pidiendo su liberación y aparición con vida. “Ese hecho fue el que permitió que yo pudiera volver”, dijo. Y cuando regresó a la fábrica a pedir ser reincorporado e Director del Astillero, Capitán de Navío Enrique Carranza, lo mandó a llamar para que fuera a la oficina a hablar con él. Él se fue a una asamblea y les planteó es que si Carranza quería hablar lo que tenía que hacer era venir a la asamblea. Era viejos conocidos, porque según contó Carranza tenía una costumbre: a partir de las asambleas adentro de la fábrica, que no estaban permitidas, se estaba permitido, nosotros nos tomábamos un tiempo entre lo que era el primer turno del comedor y el segundo turno y realizábamos las Asambleas, entonces Cada vez que terminaba la Asamblea, Carranza lo mandaba a llamar a su oficina lo interrogaba sobre lo que había planteado en la asamblea. Carranza murió impune en 2008 y su conducción de Astilleros y Fábricas Navales del Estado (AFNE), en los períodos '63/'76 y '84/'86, le valió el doble rasero de patrón y represor en la memoria de los trabajadores. La patronal y la Armada, en cambio, lo recuerdan como el "padre de la industria naval argentina".
Respecto a la actividad sindical, el testigo contó que en aquel momento había dos sectores claros en el Cuerpo de Delegados: la burocracia de ATE Ensenada que “quedaba siempre atrás de los conflictos”; y los combativos, no reconocidos y perseguidos por el gremio. Rememoró que ATE Ensenada “defendía al gobierno de Isabel contra los trabajadores, y como yo era opositor y tenía un enfrentamiento con Juan Horvat (Secretario General de ATE Nacional) porque le había ganado una pulseada en la lucha por la Ley 14.250, no hicieron nada por mi liberación”. Puntualmente, Pelaez se había ganado la enemistad del gremio por haber encabezado una reclamo que logró evitar que Isabelita viniera a celebrar la botadura de un buque. “Si venía la idea era no dejarla hablar”, recordó Pelaez.
Pero el señalamiento de la complicidad de la burocracia no fue sólo político, ya que el testigo contó que en una ocasión, mientras estaba detenido junto a Ana María Nievas (delegada de Astilleros) en la comisaría de Ensenada, se presentó el secretario de ATE local, Juan Carlos Marín, y ante el pedido de que interviniera por ellos los sindicó como “Montoneros” ante los captores y se desentendió del tema.
Hoy en día Marín sigue siendo parte de la conducción de ATE en un puesto de Secretario de Finanzas en Nación y en el Centro de Jubilados y Pensionados en Ensenada. Distinta fue la suerte de Pelaez, que tuvo que empezar de nuevo tras ser liberado y hasta recordó que en total sufrió en su casa 11 operativos de la Marina “y me robaron todo”.


EL CAPITÁN ENRIQUE CARRANZA, JEFE DE AFNE Y PATRÓN DEL ASTILLERO.

El segundo testigo fue el sobreviviente Pedro Niselsky, también trabajador y delegado combativo del Astillero que tras ser secuestrado fue pasado por el circuito Prefectura-Liceo Naval-Unidad 9- Cárcel de Caseros.
Como hicieron otros testigos, Niselsky relató el cierre del Astillero la primer semana del golpe de Estado, y dijo que ante ello siguió con su trabaja alternativo de albañil. Fue secuestrado en su casa de Berisso el 25 de marzo del '76 cuando había regresado a almorzar. Fue llevado encapuchado en un micro junto a otros detenidos a la sede de Prefectura. Allí estuvo parado y obligado a mantener los brazos en alto con amenazas y golpes a quien los bajara. También relató el traslado en Ferry hasta el Liceo o escuela Naval, donde pudo saber e otros detenidos de Astillero, Propulsora y Swift allí cautivos. Recibió todo tipo de torturas y perdió parte de la audición en el denominado “teléfono”, la tortura que consiste en golpes directos y reiterados sobre los oídos.
Despediod el Astillero mientras se encontraba secuestrado, Niselsky contó que luchó en soledad por su reincorporación, sin apoyo del gremio “ni antes, ni ahora, ni nunca”, dijo. Tal es su caso que con 73 años no se puede jubilar, porque al igual que a otros compañeros no le reconocieron los años de aportes. Agregó que en estos últimos años el mandamás de la fábrica, Vicente “Pachuli” Ignomiriello les había prometido ocuparse de gestionar los casos, pero no hizo nada. “Llevo una cruz roja en la frente”, dijo Niselsky, que señaló que recuperó su libertad recién en 1980. Al final de su relato recordó “una mochila muy pesada que tengo todos estos años”: el caso de su mujer, Reina Leguizamón, empleada del frigorífico Swift secuestrada en junio del '76 y llevada al BIM 3 con Marta Cáneva. Su cuerpo apareció mutilado en el camino Costa Sur de Magdalena y el caso continúa impune.


EL BURÓCRATA DE ATE ENSENADA, JUAN CARLOS MARÍN, (2do DESDE LA IZQUIERDA) BLANCO EN CANAS Y DISFRUTANDO DE LAS CENAS CON JUBILADOS.

Los dos últimos testigos fueron los hermanos Miguel y Roberto Aguirre, trabajadores del Swift secuestrados el 25 de marzo del '76, al igual que su hermano Juan, ya fallecido.
Miguel señaló que los tres hermanos fueron llevados encapuchados a la Escuela o Liceo Naval, y que en el viaje eran amenazados de tirarlos al río. Dijo que lo echaron del frigorífico sin siquiera un telegrama de despido y se negaron a reincorporarlo, por lo que se hizo taxista.
Roberto sumó en su relato un paso previo por la sede de Prefectura, antes de encontrarse con sus hermanos en la Escuela Naval. Allí reconoció además a un oficial de apellido “Amaya”, que estaba a cargo de los detenidos y a quien conocía porque de joven lo llevaba con sus hermanos a jugar al fútbol. Señaló la clásica “recibida” que otros sobrevivientes contaron que sufrieron al llegar a la Unidad 9, donde eran puestos en fila y molidos a palos por los penitenciarios y los marinos que los trasladaban. Roberto que también perdió su puesto en el Swuift y en la estación de servicio donde trabajaba, pasó 56 días en esa unidad penal, y sus hermanos 21 meses.

Por los casos de Niselsky y Pelaez está acusado el ex Jefe de la Prefectura Naval Puerto La Plata, Carlos José Schaller, ya condenado por 1 caso de secuestro y torturas cuando era Jefe de Prefectura en Campana en 1974, es decir en en pleno gobierno peronista de la ex bailarina de cabaret María “Chabela” Martínez, respaldada por la actual burocracia sindical de la CGT cuando fue llamada a indagatoria por la causa “Triple A”. En el caso de Peláez también está imputado el jefe de operaciones del BIM 3, Fernando Guitián, el único imputado que hoy cumple detención en la cárcel.
Los hermanos Aguirre no son tenidos como caso en este juicio ni en ninguna otra causa, pese a haber sufrido los mismos delitos, en la misma época y en los mismos lugares que otros tantos compañeros. Por ejemplo, si los hermanos fueron secuestrados en marzo del '76, ya estaba en su puesto de mando el prefecto Schaller. El oficial “Amaya” nunca fue citado a declarar. Esto es una muestra de lo que queremos significar cuando decimos que estos juicios fragmentados, así planteados, reproducen la impunidad.

Las audiencias continúan el lunes 10 de agosto a las 10 hs, con otra ronda de testigos sobrevivientes. Son Públicas y para presenciarlas sólo hay que acreditarse con DNI en la sede del Tribunal, calle 4 entre 51 y 53.

Publicado por HIJOS - La Plata 

martes, 14 de julio de 2015

Represores se negaron a declarar en juicio iniciado en La Plata



Son seis ex-militares de la Armada y la Prefectura Naval que actuaron contra unos 30 trabajadores del Polo Petroquímico. Otros tres estuvieron ausentes. Hay secuestros, torturas y dos homicidios.

Seis represores de la Armada y de la Prefectura Naval se negaron a declarar en el marco del juicio que se les inició hoy por dos homicidios y los secuestros y torturas a más de una treintena de trabajadores del Polo Petroquímico de La Plata durante la última dictadura cívico militar.

Se trata del ex comandante de la Fuerza de Tarea 5 (FT5), Jorge Alberto Errecaborde; el ex director del Liceo Naval y también comandante de la FT5, Juan Carlos Herzberg; y los ex jefes de la Prefectura Naval zona Río de La Plata, Carlos José Ramón Schaller y Luis Rocca y el oficial Eduardo Antonio Meza.

Estos imputados se negaron a declarar "por consejo de sus abogados" ante el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, que preside el juez Carlos Rozanski, que comenzó hoy a juzgarlos en la sede de la ex AMIA en La Plata.

También están imputados, pero estuvieron ausentes de la audiencia por problemas de salud, el ex comandante del Batallón de Infantería de Marina Nº3 (BIN3), José Casimiro Fernández Carró, y ex comandante de Operaciones Navales, Antonio Vañek.

Los seis represores, todos ellos octogenarios, ingresaron esposados en medio de una silbatina y gritos de "asesinos" por parte del público y las organizaciones de derechos humanos presentes en el lugar.

Antes de empezar la audiencia, la querella pidió al Tribunal que los tres agentes del Servicio Penitenciario Federal que custodiaban a los seis represores dejaran de mirar hacia el público, lo que interpretaban como algo intimidatorio, y giraran a mirar a los imputados; lo que de inmediato ordenó el presidente del Tribunal.

Los cargos. La audiencia comenzó con la lectura de los cargos que se imputan a los seis imputados presentes, tras lo cual se pasó a un cuarto intermedio para evaluar un pedido de la defensa oficial del represor Juan Carlos Herzberg.

"Mi defendido tiene problemas de comprensión, no entiende lo que se está leyendo (en alusión a los cargos en su contra)", expresó el abogado del ex director del Liceo Naval, lo que generó las burlas y gritos del público, aunque cuando Rozanski le preguntó a Herzberg si entendía lo que le decía, el represor dijo que si pero que no iba a declarar.

En esta primera audiencia se leyó, específicamente, la responsabilidad de cada imputado en la desaparición de 3 personas; 36 secuestros y torturas y los homicidios de Miguel Orlando Galván Lahoz y Roberto Pampillo, perpetrados por la Armada y la policía bonaerense el 19 de octubre de 1976 en 7 y 58 de La Plata, pleno centro de la capital bonaerense.

El aparato. De acuerdo a lo acreditado en la causa, la Armada funcionó reorganizando sus once Fuerzas de Tareas desplegadas de norte a sur del país y en la región de La Plata, Berisso y Ensenada operó a través de la denominada Fuerza de Tareas Nº 5.

Los marinos tuvieron una importante participación en la intervención de sindicatos y fábricas de la zona del parque industrial de Berisso y Ensenada, como Propulsora (grupo Techint), el Swift, Astilleros Río Santiago e YPF, entre otras.

Según la fiscalía, el accionar de la Fuerza de Tareas 5 consistía “en la individualización, mediante tareas de inteligencia, de aquellos trabajadores que tenían algún tipo de participación en actividades gremiales o sindicales”.

Estos trabajadores eran trasladados a dependencias que habían quedado bajo la órbita de la FT5 “principalmente la sede Prefectura Naval de La Plata y al Liceo Naval Militar, y en algunos casos al B.I.M 3 y al Hospital Naval- donde eran interrogadas y torturadas, y finalmente su derivación al centro clandestino de detención que se hallaba en la calle 1 y 60 de la Ciudad de La Plata, a la Unidad Penitenciaria N° 9 de La Plata o a la Unidad Penitenciaria n° 8 de Olmos”.

Este accionar comenzó el mismo día del golpe militar, el 24 de marzo de 1976, cuando se produjeron detenciones masivas en los domicilios particulares de los trabajadores, en las ciudades de Berisso y Ensenada.

Schaller está acusado de 18 casos de privaciones ilegítimas de la libertad; Rocca de 12; Fernández Guitián de 7 privaciones ilegítimas de la libertad y dos homicidios; Meza 10 privaciones ilegítimas de la libertad; Errecaborde 8 privaciones ilegítimas de la libertad y dos homicidios y Herzberg 1 privación ilegítima de la libertad.

El juicio pasó a un cuarto intermedio hasta el próximo lunes 3 de agosto, una vez concluida la feria judicial por el receso invernal

 Por Redacción Diagonales  - @diagonalesweb

miércoles, 11 de marzo de 2015

La justicia desbarató una maniobra de Etchecolatz para conseguir la libertad

Con un intrincado cálculo matemático, el represor había solicitado salir de prisión de forma condicional   -   Con una interpretación forzada de la vieja ley de "dos por uno", su defensor oficial sostuvo que el ex mano derecha de Ramón Camps había estado preso 24 años. El TOF Nº 1 rebatió estos argumentos y negó el pedido del genocida.

Néstor Espósito

El tribunal que condenó a prisión perpetua a Miguel Etchecolatz desbarató una maniobra judicial para dejarlo en libertad a finales de 2015. Mediante un complicado cálculo matemático que se basó sobre una interpretación forzada de la derogada ley del "dos por uno", el defensor oficial de la ex mano derecha de Ramón Camps, detenido efectivamente en abril de 2001, sostuvo que el represor llevaba cumplidos al 7 de noviembre de 2013 un total de "24 años, cuatro meses y 11 días" de encierro. Y en consecuencia, siempre según esta interpretación, la prisión perpetua como tal cedía en sus efectos, a punto tal de permitirle a Etchecolatz la libertad condicional "a partir del 15 de diciembre de 2015".

El Tribunal Oral en lo Federal Nº 1 de La Plata, integrado por Carlos Rozanski, Mario Portela y Roberto Falcone, no aceptó ese razonamiento, formulado por el defensor oficial de Etchecolatz, Martín Adrogué.
Según documentación a la que accedió Tiempo Argentino, tras dos sentencias en procesos diferentes pero siempre sobre el mismo origen –los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura–, Etchecolatz fue condenado a una "pena unificada" a fines de 2013 de "prisión perpetua, inhabilitación absoluta perpetua, accesorias legales y costas".

Pero el defensor oficial Adrogué hizo hincapié en "la doble condición que reunió Etchecolatz (de condenado y de procesado con prisión preventiva)", simultáneamente. De tal forma, en uno de los procesos, estuvo en prisión preventiva durante más de dos años mientras regía la ley del dos por uno, de modo que cada uno de esos días –hasta que la condena quedó firme– debían computarse dobles. Pero, como además, otros tribunales procesaron con prisión preventiva a Etchecolatz en otras causas, desde los dos años posteriores a la detención, es decir el 5 de abril de 2003, "hasta la actualidad debe computarse doble el tiempo de detención". Si bien la ley del dos por uno fue derogada, cuando el represor fue detenido estaba vigente y, en consecuencia, debe alcanzarlo el principio de la aplicación de la "ley más benigna". Así, esta compleja alquimia indicaba que 13 años se transformaban en casi 25. "Adrogué citó jurisprudencia de la Cámara Federal de Casación Penal y de la Corte Suprema de Justicia, en ese sentido", explica el fallo.
 
El tribunal hizo otra cuenta. "A partir de la detención de 2001, Etchecolatz nunca obtuvo la libertad pues, a más de las condenas firmes, ha sido procesado con prisión preventiva para distintas causas, una de ellas con sentencia no firme, una en pleno juicio y otras en las que no se ha celebrado debate". En ese contexto, los jueces subrayaron que "la detención es una, con independencia de la cantidad de procesos para los que Etchecolatz se hallara paralelamente con prisión cautelar o condenado".

Dicho de otro modo, no hay un doble estándar. Los jueces reafirmaron que "a partir de que Etchecolatz comenzó a transitar su detención en calidad de condenado con sentencia firme, debe cesar o el cómputo doble de la prisión cautelar para cualquier otro expediente pues la doble calidad de condenado con sentencia firme y procesado con prisión preventiva significa la coexistencia de dos estados procesales que tienen en común una única base fáctica, una única detención". Por eso, los magistrados entendieron que "mal podría en esas condiciones efectuarse un cómputo simple del tiempo de condena y uno doble del de prisión preventiva".

Etchecolatz fue condenado en  1986, en 2006 y a fines de 2013. Actualmente está siendo juzgado por los hechos ocurridos en el centro clandestino La Cacha. Todos los expedientes recorrieron completa la maraña judicial de apelaciones y confirmaciones. A fines del año pasado, el TOF unificó las condenas en prisión perpetua. Próximo a cumplir 85 años, Etchecolatz aún no había dicho ante un tribunal la escalofriante frase que pronunció el 5 de febrero pasado: "Por mi cargo y jerarquía me tocó matar, pero no sé cuánta gente."

lunes, 23 de febrero de 2015

Gauto genocida prófugo, localizado gracias a argentinos residentes en Israel

Teodoro Aníbal Gauto es uno de los represores buscados
Gauto, el represor prófugo que habló con la TV de Israel

Gauto cambió su nombre por Yossef Karmel, identidad con la que es conocido en Israel, adonde llegó en 2002. El jueves 19 de febrero el canal 1 de la televisión israelí emitió un informe en el que el represor dio una entrevista telefónica.


 Un informe de la televisión israelí denunció la presencia en ese país de Teodoro Aníbal Gauto, prófugo de la justicia argentina por delitos de lesa humanidad. A Gauto se lo busca por la causa caratulada “Expte. Nº 16.419 “Arias Duval, Alejandro Agustín; Di Pasquale, Jorge Héctor; Romero Pavón, Carlos María y otros s/ homicidio, privación ilegal de la libertad, tormentos y sustracción de menores”, según la página del Programa BUSCAR del Ministerio de Justicia de la Nación.

La presencia de Gauto en Israel fue dada a conocer de modo masivo este jueves 19 de febrero a través de un informe difundido por el Canal 1 de la televisión local, que fuera transmitido nuevamente en el mediodía de este sábado, y fue realizado por el periodista de origen argentino Shlomo Slutzky quien logró entrevistarlo en forma telefónica para su nota audiovisual.

El periodista le dijo a Télam que dio con el paradero del prófugo "en el marco de las investigaciones por la desaparición del primo hermano de mi padre y del juicio de La Cacha". Gauto cambió su nombre por Yossef Karmel, identidad con la que es conocido en Israel, salvo por la colonia argentina de la ciudad norteña de Kiriat Bialik, adonde se trasladó al salir de la Argentina en el año 2002 junto a su familia, cuando una gran cantidad de emigrados poblaron esa ciudad gracias a las facilidades de radicación ofrecidas a los inmigrantes de origen judío y sus familias (su esposa profesa la religión judía).

Hoy, según fuentes que pidieron a Télam no ser identificadas, Gauto vive junto a los suyos en la ciudad costera mediterránea de Haifa. El prófugo, quien en un primer momento había accedido a una entrevista personal con Slutzky, se arrepintió y le otorgó una charla telefónica en la que dijo lo siguiente: “Mientras yo esté en este país (Israel), y medianamente pueda estirar el tema, es decir, jugar con el tema de que no hay extradición, seguiré acá. Si yo voy a Argentina y me presento me van a encerrar en un calabozo, y yo..., obviamente, no estoy preparado para eso”, dijo en el informe televisado.

Gauto agregó: “Yo no tengo ideología y en aquella época, tenía 20 años, y me interesaba tener la pilcha nueva, la ropa nueva, por eso entré a trabajar ahí”. Y agregó: “Mi trabajo era confeccionar fichas con nombres y apellidos de una lista que me llegaban, en algunas decía comunista; en otras, marxista-leninista, y todos los datos que podían tener estas personas. Ese fue todo mi trabajo”, afirmó.

En tanto, el informe del Canal 1 permite escuchar testimonios de algunos de los argentinos que tuvieron contacto con él y desconocían su pasado. “Era un tipo agradable, divertido, me encantaba, me caía muy bien, pero llamaba la atención que no hablaba del pasado cuando recordábamos los tiempos en Argentina. Eso era raro y me daba sospechas”, detalló una mujer.

Otro testimonio, de un hombre que lo conoció, detalló que cuando se enteraron de que podía estar involucrado en delitos de lesa humanidad fueron a la “computadora” y se “asustaron” de lo que encontraron.

Una ex amiga de la actual esposa de Gauto, relató: “Hace poco tiempo Silvia me confió que su esposo estaba prófugo por delitos de lesa humanidad, pero me aclaró que él no tenía nada que ver. La cuestión es que para mí fue terrible y no pude volver a verla”.

El informe -que dura unos 27 minutos- muestra la declaración jurada firmada por el prófugo que le permitió ingresar a Israel. El texto, que data del 15 de noviembre del 2002, dice: “Con motivo de emigrar desde la República Argentina hacia Israel los suscriptos no tienen causas penales en su contra como así también no existen créditos exigibles, ni fraude a ningún presunto acreedor, que la salida del país se hace en forma pública y notoria y no subrepticia”.

También consta en el informe televisivo que Gauto fue “detenido en 1981 en España por el uso de documento falso y luego en el 2003”. También figura una “causa por defraudación contra la administración pública nacional, se ordena su captura internacional y la misma es dejada sin efecto en el año 2009”.

Al respecto, Gauto manifestó: “Yo trabajaba en el BCRA y quise cobrar unos bonos y tengo una causa por defraudación... también estuve un fin de semana en Devoto, o algo por el estilo”. Sobre la declaración jurada dijo: “Sí, se puede decir que haya firmado. Y todo eso puede ser usado en mi contra para que Israel me pueda volver a enviar a Argentina”.

jueves, 6 de noviembre de 2014

HIJOS LA PLATA : Balance de los juicios a los Genocidas HACIENDO LA PLANCHA



Presentamos a continuación un informe sobre los procesos contra los genocidas de la última dictadura llevados adelante desde la anulación de las leyes de impunidad en 2003 hasta noviembre de 2014. Destacamos sólo los procesos que han pasado por la etapa de juicio oral y tienen sentencia de un tribunal federal del país, porque dan una idea más acabada del número de condenas a que se ha llegado en estos años.

Los datos son de elaboración propia de HIJOS La Plata en base a información pública tanto de las investigaciones de los organismos de DDHH, como del Ministerio Público Fiscal( http://www.mpf.gov.ar y http://www.fiscales.gob.ar) y del Poder Judicial (http://www.cij.gov.ar). Nuestra base de datos puede consultarse en http://www.hijosprensa.blogspot.com.ar

Un año de plancha
Con 14 juicios parciales concluidos y 72 condenas en lo que va de 2014 (ver tabla 1 adjunta en PDF), las causas contra los genocidas se van desdibujando entre la repetición de imputados y el estiramiento indefinido de la obligación del Estado de investigar y condenar. Si 2013 significó 2 juicios menos que 2012, y consolidó el estancamiento del proceso de juzgamiento en dos decenas de juicios con un centenar y medio de condenas por año, las tres cuartas partes de 2014 fueron incluso menos productivas que los últimos dos años.
Lo más probable es que reste sólo 1 sentencia en lo que queda del año: el juicio realizado en Luis donde hay 29 represores imputados por 46 víctimas, y aunque todos sean condenados no cambia el panorama general.

Desde la caída de las leyes de impunidad al 1 de noviembre de 2014 el Estado argentino sólo efectivizó 125 juicios orales con sentencia en todo el país. En esos 125 juicios estuvieron procesados 708 represores, y hubo como resultado 635 condenas sobre 519 represores, 67 absueltos y 6 muertos impunes mientras duraba el proceso, por un universo de 3098 víctimas. Esto quiere decir que sólo alrededor del 36% del total de los 2.000 procesados desde 2003 fue llevado a juicio, y un 27% de ese número de procesados fue condenado.

Si tomamos como dato los 600 Centros Clandestinos de Detención que funcionaron en todo el país durante la dictadura, los 519 condenados siguen representando, a casi de 11 años de anuladas las leyes de impunidad, menos de 1 represor condenado por CCD. Para completar el cuadro, hay menos de 100 represores cuya condena ha sido confirmada por los tribunales superiores del país. Esto marca claramente que la pretensión punitiva de estos procesos lejos está de representar la dimensión real del aparato represivo del Terrorismo de Estado.

Entonces, comparado con los miles de represores implicados en el Terrorismo de Estado entre el ’76 y el ’83, e incluso, comparado con los cerca de 2.000 procesados, ese 27% de condenados es menos auspicioso que lo pretendido desde los sectores oficiales como una “política de Estado” basada en “Memoria, Verdad y Justicia”.

Análisis en todo el país
En cuanto a las zonas represivas de la dictadura y a las fuerzas que participaron del Terrorismo de Estado, si subdividimos el total de juicios y condenas efectivizados por zona y por fuerza represivas, la perspectiva es mucho más desalentadora. Y obtenemos que respecto a las 3 zonas represivas más importantes, en lo que corresponde al Ejército y las policías provinciales se han hecho:
- 31 juicios en jurisdicción del Comando del Primer Cuerpo (Bs.As. y La Pampa) con 178 condenas.
- 28 juicios en jurisdicción del Comando del Segundo Cuerpo (NEA) con 128 condenas.
- 36 juicios en jurisdicción del Comando del Tercer Cuerpo del Ejército (NOA) con 200 condenas.

Es lógico que las cifras sean mayores en esas jurisdicciones porque concentraron mayor número de centros clandestinos y de efectivos por ser las zonas más pobladas y de mayor actividad organizativa militante. Pero si revisamos otras jurisdicciones como la del Comando del Cuarto Cuerpo de Ejército, que incluyó 8 partidos del norte bonaerense vemos que el juzgamiento fue de 11 procesos con 45 condenas, la mayoría por hechos del CCD Campo de Mayo.
Y en el caso del Comando del Quinto Cuerpo, que abarcaba a toda la Patagonia, sólo se realizaron 9 juicios que condenaron a 64 policías y militares: 3 procesos en Neuquén, 3 en Chubut, 2 en Bahía Blanca y 1 en Río Negro.

En cuanto a los crímenes de la Armada, sólo se logró condenar a 37 integrantes de las patotas de esa fuerza, 2 prefectos y 8 civiles cómplices: Ortiz y Pertusio en la primera parte de la causa de Base Naval de Mar del Plata, 10 marinos y 2 prefectos en el segundo tramo de esa casusa, 17 de los 18 represores imputados en Causa ESMA 2, Policarpo Vázquez, su mujer y la partera que los asistió en la apropiación de Evelyn Bauer-Pegoraro, 3 de los 4 represores del arma acusados en causa “Plan Sistemático”, 3 de los 5 marinos imputados por la “Masacre de Trelew”, el médico del hospital Naval Jorge Magnacco en “Plan Sistemático” y en la rémora de la causa Bauer-Pegoraro, el marino entregador (Juan Carlos Herzberg, también condenado en Causa La Cacha de La Plata) y el apropiador civil de Natalia Suarez Nelson-Corvalán; a 3 de los civiles apropiadores de Federico Cagnola Pereyra desde la Esma; y a 1 prefecto en el juicio Campo de Mayo 9.

Además sólo 7 fueron los integrantes de la Fuerza Aérea condenados a la fecha (Barda, Comes, Mariani, Molina, Beccaria, Sambuelli y Benitez) en las causas Mansión Seré, Área Mar del Plata, Hospital Posadas, Furío y Base Aérea Reconquista. Y hubo sólo 10 integrantes de Gendarmería condenados, Víctor Rei, en el caso de la apropiación de Alejandro Fontana-Sandoval, los alferez Guillermo Cardozo y Eugenio Pereyra, en causa ABO 1, José San Julián en causa Unidad Penal 1 de Córdoba y 6 de los 7 gendarmes imputados la causa Arsenales-Jefatura de Tucumán.

Qué tipo de juicios tuvimos
Si revisamos las características de los juicios en cuanto al número de imputados que incluyeron veremos que de los 125 procesos realizados, casi la cuarta parte tuvieron un solo imputado en el banquillo, más de la mitad tuvieron entre 1 y 5 imputados, y las tres cuartas partes de ellos entre 1 y 10 imputados. Ese patrón responde a la lógica de juzgamiento sólo de las responsabilidades de los altos jefes del mando militar o policial que funcionaron como responsables en la estructura orgánica de las zonas represivas, pero no contempla a la totalidad de los represores que actuaron en cada CCD ni mucho menos a la totalidad de víctimas que por ellos pasaron.

Si analizamos la característica de las penas, surge que sólo el 41% de los represores fueron condenados al máximo de la pena (prisión o reclusión perpetua). En efecto, el 11% de los condenados recibió 25 años de prisión, y el restante 48% a menos de 25 años. Esto nos hace reflexionar sobre la calidad de la condena con que el Estado valora los crímenes que está juzgando, que son de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles, y fueron cometidos en grupos de tarea, utilizando el aparto de Estado y con acumulación de casos; pero que muchas veces son equiparados en sentencia en el monto de las penas a delitos graves y de sangre, pero cometidos por delincuentes comunes.

Además hubo en estos 11 años 67 polémicas absoluciones, de las cuales 15 se produjeron en 2013 y 5 en lo que va de 2014. Los perdones por “duda razonable” sobre connotados represores se siguen repitiendo. Desde la incial absolución otorgada al represor Miguel Angel Trimarchi, perdonado en el juicio por la Masacre de Fátima por el Tribunal Oral Federal Nº 5 de Capital Federal; pasando por el torturador de la Policía Federal Juan Carlos Falcón, eximido en el juicio parcial del Circuito Club Atlético-El Banco-El Olimpo por el Tribunal Oral Federal Nº 2 de Capital Federal; el reguero de perdones que despachó el TOF Nº 1 de Córdoba sobre 7 imputados de un total de 31, en el proceso por los hechos de la Unidad Penal Nº 1 de esa provincia; el escandaloso perdón en los 13 casos en que se acusaba al torturador Juan Carlos Rolón en el juicio parcial por hechos ocurridos en la ESMA, y el cúlmine de 9 absueltos sobre 22 imputados con que el TOF de Neuquén marcó al segundo juicio por el CCD La Escuelita de Neuquén como el más impune.
Este año 3 prefectos fueron absueltos en el noveno proceso por el CCD Campo de Mayo, donde los doctores Sagretti, Milloc y Barroetaveña del TOF de San Martín anularon sin más sus indagatorias de hace 5 años y los mandaron a casa. Además el agente “S” de inteligencia de la Policía de Rosario, Pedro Travagliante, fue dejado libre de cargos por los jueces Berros, Lopez Arango y Vella. Y el auxiliar de la Sección Interior del Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata recibió pedido de absolución por los fiscales Schapiro y Fernández en el juicio La Cacha, pese a que figura como “sargento 1° de Infantería” en la nómina de integrantes de esa dependencia en todo el período '76/'83. Con ello los jueces del TOF 1 de La Plata Vega, Jantus y Rozanski (en eterna disidencia) lo absolvieron, además de apartar por “cuestiones de salud” al subdirector de Seguridad de la bonaerense de Camps, Eduardo Gargano, a quien tuvieron a disposición y en perfecto estado durante todo el juicio.

Estos casos alertan sobre la necesidad de mejorar el trabajo fiscal y de jueces de instrucción para completar las investigaciones incriminatorias preliminares sobre cada imputado, y para arribar a la etapa oral sin dar posibilidad a las “dudas” absolutorias.
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El estancamiento
Curiosamente venimos escuchando desde los sectores oficialistas que cada año que se inicia será realmente “el año de los juicios”, valoración propia de quien analiza en abstracto el proceso en lugar de ir a los números concretos. Si tomamos los últimos 5 años veremos que lejos de crecer exponencialmente, el proceso anual de juzgamiento se va estancando en dos decenas de juicios con un centenar y medio de condenas cada año. En 2010 hubo 19 juicios con 114 condenas, mientras en 2011 hubo 21 procesos finalizados con 86 condenas, en 2012 fueron 25 juicios llegados a sentencia con 131 condenas, y en 2013 el proceso se estancó en 23 juicios concluidos con 161 condenas . Este 2014, a que le quedan dos meses, sumó entonces la magra cifra de 14 juicios concluidos con 72 condenas.
Es grave el estancamiento de la tendencia, a corroborar este año, si se tiene en cuenta que la cantidad de procesos venía creciendo paulatinamente desde los 2 juicios de 2006, los 2 de 2007, los 5 de 2008 y 13 de 2009.
En este sentido es llamativo el optimismo que trasmite el informe sobre el estado de las causas que el Ministerio Público Fiscal publicó en octubre pasado, y que replicaron los medios oficialistas sin el menor análisis. Allí se destacan las afirmaciones parciales e interesadas. Por ejemplo se señala que “las estadísticas muestran que desde diciembre de 2007 la cantidad de procesados creció en más de un 300%” o que “las condenas vienen experimentando un crecimiento de más de un 1.400% desde 2007”. Ello es verdad, pero podría complementarse diciendo que si el proceso de juzgamiento, es decir realizar efectivamente los juicios y llegar a sentencia, se viene estancando, más procesamientos generan un cuello de botella más cercano a un problema que a una solución. Y que, con la misma liviandad que los empleados de Auat y Parenti, se puede afirmar algo tan cierto y relativo como que la cifra de absueltos creció más de un 1.000% desde 2007 o que “sólo en los primeros diez meses de 2014 concluyeron 14 juicios”, cuando es difícil que el año tenga más de 12 meses y lo cierto es que desde 2011 ese promedio anual no bajaba de 20.

El único dato interesante que aporta el informe de los fiscales es que “en este contexto, sólo hay 125 condenas firmes -es decir, sin posibilidad de revisión- en 54 causas, que involucran a 114 personas”. Entonces, las 125 condenas firmes son mucho menos alentadoras que las 635 de primera instancia logradas de 2006 a la fecha. Y mueven a la carcajada si constatamos que, como informan los fiscales, “buena parte de estas condenas firmes son por juicios llevados a cabo en la década de 1980 y casos de apropiación de menores”. Ello da una muestra de la falta de celeridad en el trabajo tanto de la Corte Suprema como de las Salas de la Cámara de Casación, encargadas de revisar (para confirmar o rectificar) los fallos de primera instancia.
Aquí es donde entra a pesar la fragmentación de las causas que llegan a juicio, y por eso sostenemos la necesidad de acumular las causas para juzgar por circuito represivo o por CCD: porque sabemos que incluso más juicios por año no es necesariamente más justicia, y porque sumar juicios en abstracto no es lo mismo que destacar que en 2010, 7 de los 19 juicios fueron a 1 o 2 represores, y que esa cifra aumentó en 2011 a 9 de los 21 procesos, se sostuvo en 2012 en 9 juicios, creció a 11 en 2013 y en este año fueron 6 sobre 14 los procesos que juzgaron a 3 represores o menos.
Claro que no siempre esto es destacado por funcionarios de Justicia o Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, ni por el Ministerio Público, ni por la prensa adepta al gobierno, que viene pregonando “el año de los megajuicios” desde comienzo de 2013 y destacando el supuesto “salto cualitativo en el juzgamiento” o afirma que “comenzaron a realizarse los llamados ‘megajuicios’”. Y si bien es cierto que las causas “ESMA3” en la Ciudad de Buenos Aires o “La Perla” en Córdoba llevan más de un año y medio aletargan el conteo de juicios concluidos, habría que recordarle a esa prensa obseKuente que en 2012 sólo 6 de los 25 juicios terminados juzgaron a 10 o más represores, que en 2013 representaron sólo 7 de los 23 procesos concluidos, y que en 2014 sólo el juicio “La Cacha” entró en esa categoría. Es decir que lo que viene habiendo año tras año son largamente más “mini-juicios” que “mega-juicios” terminados.

La distribución geográfica de los procesos llegados a sentencia hasta el 31 de diciembre de 2013 en las 26 jurisdicciones Federales, continuó destacando a la Ciudad de Buenos Aires (con 22 debates concluidos, sólo 1 en 2014), como la jurisdicción donde mayor cantidad de juicios hubo en todo el proceso, seguida de La Plata y San Martín (11 cada una), Tucumán (9), Mar Del Plata (7), y Santa Fe (6).
Sigue siendo crítica la situación de los juicios en los juzgados el interior del país, sobre todo en lo que fueron en dictadura zonas represivas importantes como Córdoba (37 condenas en 5 juicios), Rosario (37 condenas en 6 juicios) y Neuquén (26 condenas en 3 juicios). Peor es el panorama en las provincias de noroeste y noreste del país, que en general no superan los 5 procesos terminados. Los casos más extremos lo representan las provincias de Jujuy y Entre Ríos (2 juicios concluidos cada una) y Río Negro, que tuvo hace 3 años su única sentencia de este tipo de juicios.

Apropiaciones y delitos sexuales
En cuanto a los juicios por la apropiación de los hijos de los compañeros desaparecidos (contemplados en las figuras de supresión de identidad, retención y ocultamiento de un menor, falsificación de documento público y supresión de identidad), el panorama de juzgamiento ha avanzado con las mismas contradicciones que el resto de los procesos.

Un total de 19 juicios en 11 años, que incluyeron 64 casos y donde se obtuvieron 78 condenas sobre similar número de represores. En esos 64 casos juzgados, siendo que el total de restituciones es de 115 identidades, y pese a haberse juzgado a algunos de los represores responsables de su apropiación, encontramos que en 14 de estos casos los jóvenes aún no han sido restituidos a su verdadera identidad.
La comisión de delitos sexuales como parte del plan represivo, pero como un delito autónomo al de tormentos, sigue siendo resistida por la mayoría de los tribunales del país. En los últimos años sólo los represores Musa Azar y Miguel Garbi en Santiago del Estero han sido condenados por estos delitos. La querella de Justicia Ya La Plata planteó en el juicio La Cacha un concepto
amplio de violencia sexual, que no se reduce tan solo a las violaciones o abusos, sino también la exposición a la desnudez, los insultos, el ir al baño con un hombre mirando, la higiene personal, lo que implicaba ser objeto de cosificación dentro del CCD. Pero los planteos fueron rechazados por el TOF 1 porque “no integran el objeto procesal de la causa”.
Sólo los fiscales Nebbia y Palazzani en Bahía Blanca se han atrevido a romper la inercia imperante, y han planteado ampliar indagatorias a un grupo de imputados en esa localidad por delitos sexuales específicos. Recientemente la Cámara Bahiense hizo lugar al planteo, aunque no aceptó el criterio de que esa violencia tuvo un fuerte contenido de género y que todos los delitos sexuales son autónomos a los de tormento.
El castigo, la humillación contra las mujeres incluía los abusos y ataques sexuales y eran acciones cotidianas sin sanción para sus ejecutores, conocida por todos los estamentos militares y formaban parte del plan aún sin la existencia de órdenes expresas y servían para doblegar a la víctima y para aterrorizar al resto.
Tanto la violencia sexual como el miedo a ella constituyen parte integral del "control social de las mujeres", volverlas sumisas y obedientes, y está motivada por el deseo de dominar y castigar antes que por el deseo sexual. por lo tanto, el delito de violencia sexual ocurrió en un contexto de Plan Sistemático contra la población civil y es un crimen de Lesa Humanidad.
Estas violaciones a los derechos humanos de las mujeres han sido invisibilizadas durante mucho tiempo, por la vergüenza, la culpa, el temor y la estigmatización de las que son objeto las mujeres afectadas. Si la sociedad post dictadura no estaba dispuesta a escuchar y mucho menos a comprometerse en este reclamo, y tuvo que pasar mucho tiempo para poder romper el silencio y poder testimoniar este horror vivido, ahora es tarea de la justicia recepcionar de una vez por todas estos hechos para dar cuenta completa de o que sucedía en los CCD.

La Corte y las domiciliarias
En septiembre pasado la Corte Suprema reabrió la polémica por las domiciliarias a los genocidas, tras flexibilizar su propio criterio y otorgarle domiciliaria a Roque Pappalardo, condenado a perpetua por el TOF de Mar Del Plata en marzo de 2012 por el asesinato del abogado laboralista Carlos Moreno.
Para la Cámara de Casación y la Corte los más de setenta años del represor y sus problemas cardíacos, convalidados por el dudoso Cuerpo Médico Forense, ameritan su cómodo alojamiento domiciliario. El cambio de criterio es patente, porque hasta ahora la Corte Suprema priorizaba la cárcel común al contemplar que tuvieron y conservan poder y capacidad de escaparse y complicar las investigaciones. La desaparición aún impune de Jorge Julio López no ha sido suficiente aviso de la capacidad operativa de para los cortesanos.

Tampoco fueron suficientes los casos del represor Carlos Hidalgo Garzón, condenado por apropiación y enviado a un geriátrico abierto hasta que la propia nieta apropiada lo denunció; ni el de Juan Antonio Azic, sentenciado a 14 años como apropiador de Victoria Donda, que se pegó un tiro en el mentón cuando ordenaron detenerlo en la clínica adonde el tribunal lo había enviado; o el caso del médico de Jorge Magnacco, condenado como entregador de Javier Viñas y Evelyn Bauer, y descubierto violando la domiciliaria con caminatas por el centro porteño; o el de Juan Miguel Wolk, procesado en causa Pozo de Banfield y enviado a su casa para profugarse unos meses con ayuda de su hija policía; o el escándalo de los genocidas Jorge Olivera y Gustavo De Marchi, que tras ser condenados en San Juan se fugaron mientras eran traídos al Hospital Argerich con ayuda de la esposa de uno de ellos, a la sazón enfermera del lugar. Entonces, no sólo se avalan beneficios no otorgados al resto de los condenados comunes, sino que no se controla su cumplimiento, lo que ya generó un precedente aplicado en otros casos (Carlos Mulhal y Miguel Gentil en Salta) y un reguero de pedidos de otros genocidas.

La Plata sigue impune
Para La Plata el año 2014 sumó condenas en el juicio por La Cacha, uno de sus CCD más importantes en cantidad de compañeros que por allí pasaron como en coordinación represiva. Pero el juicio siguió marcando el clásico desgüace de las causas. Tras tener 10 años la causa en sus manos, el juez Manuel Blanco y su secretaria Ana Cotter se dedicaron a fragmentar la causa y parcializar las imputaciones. El resultado fue que en marzo de 2012 Blanco clausuró la instrucción y elevó la causa a juicio, incluyendo a sólo 17 genocidas por 127 casos del año '77. Así quedaron fuera de este proceso decenas de compañeros cuyo paso por este campo está denunciado hace décadas, igual que un grupo de penitenciarios que nunca fue procesado.
Antes de que la causa llegara a juicio oral murieron impunes 2 de los mayores responsables del campo: el gobernador militar, Ibérico Saint Jean y el jefe del Destacamento 101, Alejandro Arias Duval. En la causa continúa prófugo el represor Teodoro Gauto, y fue detenido fuera de término en Panamá Ricardo Von Kyaw.
Con un juicio como éste, fragmentado y tardío, se perdió la oportunidad de investigar en unidad el funcionamiento de la maternidad clandestina más grande de la zona (no formaron parte de la acusación casos de apropiación), el rol operacional del esquema de inteligencia militar y la coordinación represiva para el exterminio entre los grupos de tareas del Servicio Penitenciario, la Armada y el Ejército (tampoco se contemplaron la mayoría de los homicidios probados).
Con esto suman 62 los genocidas condenados en La Plata desde la reapertura de las causas (ver tabla 2 adjunta en PDF), la mitad de ellos sentenciados a perpetua. La cifra sigue siendo poco representativa para una ciudad que contó con al menos 12 CCD y miles de víctimas de la represión, y mucho más para una jurisdicción federal donde se juzgan los delitos cometidos en los 29 CCD de la Bonaerense de Camps, más las responsabilidades de como las patotas del Ejército, la Armada, el Servicio Penitenciario y agentes civiles de Inteligencia o grupos paraestatales como el CNU.
Pero además hay en la jurisdicción federal de La Plata unas 25 causas fragmentadas en instrucción con procesamientos que incluye nada más que a 90 represores a ser juzgados en próximos juicios. Es decir que, aun presuponiendo la efectiva condena de todos los represores procesados en la jurisdicción federal La Plata, no superaríamos los 150 genocidas condenados en el horizonte de juzgamiento que el Estado propone, al menos sobre el circuito represivo de la Policía Bonaerense en dictadura.


Conclusión
En general, y siempre comparando lo que se ha hecho con la dimensión histórica real de participación de agentes militares, policiales y civiles en la represión, es necesario un mayor impulso de avance en los procesamientos, así como mayor acumulación de las causas hacia la lógica del CCD o el Circuito represivo. Eso se logra sólo con un mayor impulso político general del proceso juzgador, que este gobierno no está dispuesto a dar.

Hace poco el presidente del TOF 1 de La Plata, Carlos Rosanzki, enunció el gran secreto a voces de los juicios a los genocidas. A la pregunta del portal Infojus sobre cuándo se terminará de juzgar estos procesos afirmó: “El final lo va a marcar la naturaleza, y no algún funcionario del Estado. Yo hice una proyección, hace cinco años, que los juicios tardarían 100 años en terminarse”. (1)
Así planteados, estos procesos continúan reproduciendo la situación de impunidad porque sólo serán juzgados una serie de casos emblemáticos, altos mandos y reputados represores, mientras el conjunto de miembros de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y de Inteligencia que planificaron y ejecutaron el genocidio quedará relegado a juzgarse en futuros inciertos debates o, si la tendencia actual se consolida, completamente libre.

Por ello, la voluntad manifiesta del oficialismo de “clausurar esta etapa histórica” antes de retirarse en 2015 es, además de impracticable, una efectiva clausura, pero que dejará a miles de represores libres, a miles de familias sin respuesta por tantos años de lucha por Justicia y a una sociedad toda engañada sobre una política a medias de Juicio y Castigo.

(1)http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/etchecolatz-se-quiso-parar-al-principio-de-la-audiencia-pero-lo-frene-6277.html

A 38 años del golpe genocida seguimos luchando por:
- CÁRCEL COMÚN, PERPETUA Y EFECTIVA A TODOS LOS GENOCIDAS. JUSTICIA POR TODOS LOS COMPAÑEROS.
- JUICIOS POR CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN O CIRCUITO REPRESIVO.
- RESTITUCIÓN DE NUESTROS HERMANOS APROPIADOS. NO AL TRASLADO DEL BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS.
- JUICIO Y CASTIGO A LOS RESPONSABLES DEL SECUESTRO Y DESAPARICIÓN DE JORGE JULIO LOPEZ.
- BASTA DE AMENAZAS A LOS TESTIGOS EN LOS JUICIOS. JUSTICIA POR SILVIA SUPPO.
- BASTA DE GATILLO FÁCIL. FUERA LA POLICÍA DE NUESTROS BARRIOS.
- BASTA DE REPRESIÓN Y PERSECUSIÓN A LOS QUE LUCHAN. LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS. AMNISTÍA O DESPROCESAMIENTO A LOS LUCHADORES POPULARES.

30.000 COMPAÑEROS DETENIDOS-DESAPARECIDOS
¡¡¡PRESENTES!!!
¡¡¡AHORA Y SIEMPRE!!!
HIJOS LA PLATA

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