jueves, 11 de febrero de 2016

Confirman la prisión perpetua para el ex director de la Unidad 9 de La Plata

La Corte Suprema aprobó la condena para el director de la Unidad 9 durante la última dictadura cívico-militar, David Abel Dupuy. La sentencia que había sido dictada por la Cámara Federal de La Plata en 2010 y confirmada el pasado año por la Cámara de Casación Penal, es por los homicidios de siete presos y las torturas a otros 70 reclusos

La Corte Suprema confirmó la condena a prisión perpetua para el director de la Unidad 9 (U9) de La Plata durante la última dictadura, el prefecto David Abel Dupuy, por los homicidios de siete presos y torturas a otros 70 reclusos.

Fuentes judiciales informaron que el fallo de ratificación de la pena máxima alcanzó también al subjefe del penal, el prefecto Isabelino Vega, que había sido condenado junto a Dupuy por la Cámara Federal de La Plata en 2010 y tuvo confirmación en 2015 por la Cámara Federal de Casación Penal.

Durante esa gestión se produjeron los homicidios de los presos Dardo Cabo, Roberto Rufino Pirles, Ángel Georgiadis, Horacio Rapaport, Juan Carlos Deghi y Marcos Ibáñez Gatica, arrancados de prisión y ejecutados en forma sumarísima, más los tormentos seguidos de muerte de Alberto Pinto.

Ahora la Corte ratificó las condenas de los dos principales responsables de la cárcel al declarar “inadmisible” la apelación presentada por Fernando Rey, defensor oficial coadyuvante, quien representaba a ambos condenados, por lo que el fallo adquirió fuerza de “cosa juzgada”.

Entre las víctimas de los tormentos figuraron el Premio Nobel de la Paz 1980, Adolfo Pérez Esquivel, y los ahora periodistas Eduardo Jozami y Eduardo Alfredo Anguita, según la justicia. También incluyó la privación ilegal de la libertad de los detenidos políticos Julio Cesar Urien, Horacio Micucci, Juan Gramano, Juan Destéfano (ex presidente de Racing), Guillermo Segalli, Gonzalo Carranza y Miguel Alejandro Domínguez

martes, 9 de febrero de 2016

¡¡ Basta de beneficios a los genocidas !!

 Desde el espacio Justicia Ya La Plata repudiamos las decisiones de la justicia federal que han beneficiado con prisión domiciliaria a un grupo de 9 represores procesados o condenados en causas por delitos cometidos como parte del genocidio cometido en la última dictadura, y que se sustancian en el fuero federal platense.

La justicia penal federal continua desplegando generosidades hacia los represores de la última dictadura: en diciembre pasado denunciábamos el apartamiento de las causas por “incapaz” al jefe de operaciones e inteligencia del Ejército en nuestra zona, el envío a su casa al marino Juan Carlos Herzberg, que suma 3 condenas y ya violó la domiciliaria ocultando un arsenal en su casa, y sobreseimiento del policía Luis Raúl Ponce en la acusación por el primer secuestro de Jorge Julio López en su casa de Los Hornos. 

Ahora denunciamos que la Cámara de Casación Penal y el Juzgado Nº1 revirtieron lo actuado por los tribunales platenses con 4 fallos que benefician con la prisión domiciliaria al ex jefe de la Unidad Regional La Plata de la bonaerense en dictadura, Horacio Elizardo Luján, con dos condenas a perpetua a cuestas; al ex integrante del Destacamento 101 del Ejército Ricardo Von Kyaw, que estuvo prófugo 4 años y fue capturado en Panamá; al ex integrante de las patotas de la Brigada de Investigaciones de San Justo, Alfredo Boan; y a un grupo de 6 marinos y prefectos condenados en octubre pasado en el denominado juicio a la “Fuerza de Tareas 5”.

Muy activos durante la feria judicial, los jueces de Casación Ángela Ledesma, Roberto Boico y Norberto Fontini entendieron que la permanencia de Luján en una cárcel común podría “agravar el riesgo respecto de la salud del imputado, con compromiso de vida, de no recibir control periódico clínico, neurológico y cardiológico”.

Según se desprende del fallo, tienen en cuenta que “Luján se encuentra cumpliendo prisión preventiva desde el 23 de octubre de 2006 y superó los 80 años de edad”. Pero resulta que Luján no solo está procesado, sino condenado a perpetua por 25 casos de Comisaría 5ta, entre ellos el de Jorge Julio Lopez, en el juicio “Circuito Camps” de 2012; y a perpetua por los homicidios de Marcelo Bettini y Luis Bearzi en el juicio por el CCD “La Cacha” en 2014.

Respecto a Von Kyaw, ex miembro de la Central de Reunión de Información del Destacamento 101, el juez Laureano Durán le otorgó el arresto domiciliario con monitoreo electrónico y custodia de Gendarmería en el marco de la residual de causa “La Cacha” porque el represor padece cáncer de pulmón. Además, Durán aceptó que el hijo del represor, Kurt Von Kyaw, sea el garante del beneficio siendo que la pesquisa para su detención comenzó por el propio Kurt, que manejaba las tarjetas de crédito y la empresa de seguridad privada del padre mientras este estaba prófugo. El juez Ernesto Kreplak hizo extensivo el beneficio en las causas “Pozo de Quilmes” y “Pozo de Banfield”.

Además, el trío Ledesma/Boico/Fontini otorgó la domiciliaria al represor Rubén Alfredo Boan, procesado junto a otros 30 genocidas en la causa por los crímenes cometidos en la Brigada de Investigaciones de San Justo. Según los informes médicos, Boan, que cumplió 70 años en agosto pasado, padece cáncer de próstata y requiere acompañamiento para ir al baño y una dieta acorde a paciente oncológico. Y pese a que en el penal de Ezeiza donde se encontraba alojado están dadas todas las condiciones para atenderlo o trasladarlo a donde necesite, los jueces afirmaron que no se ha acreditado cuales son los riesgos que se pueden presentar para que Boan no se encuentre detenido en su casa. 
Es interesante que la justicia entienda que la domiciliaria es la regla y no la excepción, siempre que el fiador de la privación de la libertad de una persona es el propio Estado, que no puede garantizar las condiciones mínimas de detención y elude el problema enviando a los genocidas a sus casas mientras mantiene igualmente sucios, hacinados y violentados a la mayoría de los internos del Servicio Penitenciario, a merced de su mafia uniformada específica.

Para completar el cuadro, los jueces de la Sala II de Casación, Pedro David, Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, echaron atrás la revocatoria de las domiciliarias de que gozaban la mayoría de los represores juzgados en el proceso a la “Fuerza de Tareas 5”, decidido en octubre pasado por el Tribunal Oral federal 1 de La Plata.

La decisión, que se resolvió para el caso del marino condenado Jorge Errecaborde pero se hizo extensiva a Antonio Vañek, Carlos Schaller, José Fernandez Carró, Luis Rocca y Eduardo Meza, pretende fundamentarse en que los genocidas cumplen el requisito formal de edad que establece la ley que otorga el beneficio, pero que además “la revocación de la prisión domiciliaria fue dispuesta por el tribunal sin haber invocado la concurrencia de alguno de los presupuestos que habilitan el dictado de la medida” y que tampoco se acreditó en autos cuáles son los riesgos que impidan que cumplan condena en sus domicilios.

Pareciera que para los magistrados haber sido probada su responsabilidad en el Genocidio y haber recibido condena de primera instancia no varía en nada la situación de los represores. Por lo demás, no es cierto que no se haya argumentado debidamente, ya que 10 de las 611 páginas de los fundamentos del fallo se dedican a la cuestión. Basta remitirse al voto del juez Carlos Rozansky en el fallo, quien dijo que existen razones jurídicas y éticas claras e imperativas para tal decisión: el beneficio de la domiciliaria reviste carácter excepcional, que la gravedad de los delitos y las altas penas impuestas así lo ameritan, que el hecho de que el beneficio fuera otorgado en la instrucción de la causa no resulta vinculante y que sostener lo contrario transforma la pena de prisión efectiva en una “mera formalidad”. La mera formalidad viene siendo regla, incluso para el TOF1 de La Plata, que, con disidencia de Rozansky, le concedió la domiciliaria al marino Juan Carlos Herzberg un mes y medio después de haberlo condenado y pese a que había escondido un arsenal en su casa durante todo el juicio a la “FT5”.

Mientras en muchos sectores preocupa la continuidad en abstracto de los juicios a los genocidas, va quedando cada vez más en evidencia que la tardanza del Estado en acelerar los procesos juega a favor de la impunidad biológica de los represores, y los criterios ambiguos para sostener las acusaciones, aportar prueba y conceptuar el debido cumplimiento de las condenas está llevando a un cuello de botella donde cada vez más genocidas quedarán fuera de futuro juicios.

El canallesco editorial del diario La Nación, publicado insidiosamente horas después de resuelto el balotaje presidencial, reinstaló a la derecha en el debate sobre la significancia profunda de los juicios al igualar primero a todos los organismos de Derechos Humanos con el proyecto político del kirchnerismo, y al intentar luego confundir al pueblo sobre el proceso de juzgamiento con supuestas “nuevas violaciones de derechos humanos”. La derecha, que se ha cansado de quejarse de que los organismos defendemos “los derechos de los delincuentes”, sale ahora a pedir a los “políticos responsables” y a “los jueces compenetrados de su misión” actuar “en consonancia con la verdad histórica y los principios básicos del derecho penal”, es decir el retardo de los juicios y la impunidad biológica de los peores asesinos de nuestra historia tranquilos y en sus casas.

Pero el reclamo de la “tribuna de doctrina” de los Mitre no es el único cuestionamiento a la cárcel común: recordamos el grave antecedente de septiembre de 2014, cuando la Corte Suprema reabrió la polémica por las domiciliarias a los genocidas, tras flexibilizar su propio criterio y otorgarle por razones médicas el beneficio a Roque Pappalardo, condenado a perpetua por el TOF de Mar Del Plata en marzo de 2012 por el asesinato del abogado laboralista Carlos Moreno. El cambio de criterio fue patente, porque hasta ahora la Corte priorizaba la cárcel común al contemplar que los genocidas han cometido delitos graves y conservan poder y capacidad logística para fugarse y complicar las investigaciones.

Sobre esas grietas se montan los sectores que buscan impunidad para cuestionar todo el proceso como una revancha. Por primera vez sectores que reivindican la teoría de los dos demonios y reclaman “memoria completa”, como el Celtyv, se reúnen con ministro y secretario del área de DD.HH. Con este antecedente cabría preguntarse cuánto pesarán a partir del nuevo escenario político los reclamos de impunidad de la derecha, cuando el propio Estado ha reconocido que en la “década ganada” el 40% de los pocos represores judicializados cumplió arresto domiciliario.

 Nosotros seguiremos exigiendo Cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas y sus cómplices, sin ningún beneficio
Justiciaya, la plata!!!

domingo, 7 de febrero de 2016

Otorgan domiciliaria a otro represor por razones de salud

El represor Boan era apodado “Víbora”

Los jueces de la sala de feria de la Cámara Federal de Casación Penal le dieron el beneficio a Rubén Alfredo Boan, quien actuó en el centro clandestino que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo y cumple condena en la cárcel de Ezeiza. Según fundamentaron, “sufre diversas patologías” y esto “podría agravar el riesgo respecto de la salud del imputado”.

Los jueces de la sala de feria de la Cámara Federal de Casación Penal revocaron una decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N° 1 de La Plata y le otorgaron la prisión domiciliaria al represor Rubén Alfredo Boan, quien actuó en el centro clandestino de detención que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo, durante la última dictadura cívico–militar.

Ángela Ledesma, Roberto Boico y Norberto Frontini hicieron lugar a la presentación realizada por los defensores oficiales Gastón Barreiro y Paola Semino, quienes solicitaron se le otorgue el beneficio a Boa debido a padecimientos de salud. El represor cumple condena en el Complejo Penitenciario Federal I, de Ezeiza.
Según detalló el pedido la defensa, el represor, de 70 años, posee un estado de salud que “ha empeorado con el reciente diagnóstico de un carcinoma de próstata” y “recientemente ha sido intervenido quirúrgicamente por presentar un aneurisma de aorta abdominal infrarenal”.

Las razones
Los jueces son los mismos que esta semana le otorgaron prisión domiciliaria a Horacio Elizardo Luján, uno de los autores –junto con Miguel Etchecolatz–, de la desaparición de Clara Anahí Mariani Teruggi, nieta de María Isabel “Chicha” Mariani, una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo
En la sentencia, firmada hoy, los jueces Ledesma y Frontini recordaron que Boan “sufre diversas patologías” y esto “podría agravar el riesgo respecto de la salud del imputado, con compromiso de vida, de no recibir control periódico clínico, neurológico, cardiológico y psiquiátrico necesario”.
“No pueden ser desatendidos los extremos humanitarios vinculados con el derecho a la vida, la dignidad y libertad de las personas mayores de edad”, escribieron los magistrados al hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria del represor. Boico, por su parte, aunque acordó revocar la sentencia pretendía reenviar el expedite al TOF para que fuera éste el que dictara un nuevo pronunciamiento.

jueves, 26 de noviembre de 2015

Piden elevar a juicio oral la causa por los crímenes en el Pozo de Banfield

Los fiscales Marcelo Molina y Juan Martín Nogueira presentaron el requerimiento ante el Juzgado Federal N° 3 de La Plata, a cargo de Ernesto Kreplak. 

Es la primera vez que la Unidad Fiscal que interviene en casos de terrorismo de Estado en La Plata acusa por delitos sexuales en la instancia de elevación. Entre los acusados, se encuentran Jaime Smart, Miguel Etchecolatz y Jorge Bergés.

La causa que investiga los delitos de lesa humanidad cometidos en el Pozo de Banfield está en manos del Juzgado Federal N° 3 de La Plata, a cargo de Ernesto Kreplak, quien deberá definir si se eleva a juicio oral y público. El pedido fue presentado por el fiscal general platense Marcelo Molina y el fiscal ad hoc Juan Martín Nogueira, quienes acusaron a 15 ex militares, dos ex funcionarios civiles bonaerenses y tres ex policías por los hechos cometidos contra 252 víctimas en uno de los centros clandestinos de detención, tortura y exterminio más grandes que funcionaron en la provincia de Buenos Aires. Entre los acusados, están el ex ministro de Gobierno bonaerense, Jaime Smart; el ex director general de Investigaciones de la Policía Bonaerense, Miguel Osvaldo Etchecolatz y el ex médico policial, Jorge Antonio Bergés.

El pedido de elevación se presentó el 5 de noviembre pasado y expresa: “El objeto de este requerimiento está referido a distintos hechos que se relacionan con la privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos, violencia sexual, homicidios y la sustracción, retención y ocultamiento de las víctimas, todos integrados al plan criminal implementado durante la última dictadura”. Esta es la primera vez que la Unidad Fiscal que interviene en casos de terrorismo de Estado, en La Plata, acusa por delitos sexuales en la instancia de elevación a juicio. Hasta ahora, el pedido de ampliación se realizaba durante las audiencias de debate oral.

De esta manera, los imputados llegarán a juicio formalmente imputados por esos crímenes. Según publicó el portal Fiscales, dependiente de la Procuración General de la Nación, Molina y Nogueira reseñaron los testimonios de víctimas sobrevivientes y de testigos de diversos hechos y concluyeron que “la violencia sexual fue parte del conjunto de crímenes cometidos en el CCD”. En esa línea, sostuvieron que su “persecución penal, cualquiera sea el encuadramiento típico que se les otorgue, es imprescriptible”.

El Pozo de Banfield
El ex centro clandestino de detención conocido como “Pozo de Banfield” se encuentra entre los más significativos del esquema represivo de la provincia de Buenos Aires, durante la última dictadura cívico militar. En la esquina de Siciliano y Vernet todavía puede verse el edificio de tres plantas, con unos 25 metros de frente por unos 20 de fondo. Allí, hoy funciona uno de los tantos Sitios de Memoria.

En la planta baja, estaba montada la dirección operativa del centro clandestino: la oficina del jefe, la sala de torturas y otras dependencias. En el primer piso, se encontraban algunos calabozos y la estructura administrativa: oficinas, comedor y casino de personal, cocinas y baños. En el segundo, los calabozos ascendían a 24, divididos en dos sectores. En uno, alojaban a los hombres; en el otro, a las mujeres.

En el Pozo funcionó la Brigada de Investigaciones de Delitos contra la Propiedad y Seguridad Personal, desde octubre de 1974 hasta enero de 1977. Fue entonces que pasó a formar parte de  las Direcciones de Investigaciones, Seguridad e Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires. Como centro clandestino, funcionó entre 1974 y 1978: se registraron 182 detenidos y se detectaron diversas funciones, según la época. Fue depósito –paso previo al “traslado” o legalización–, centro de tortura y, esencialmente, una de las maternidades clandestinas más atroces de la región. Según una investigación de Abuelas de Plaza de Mayo, filial La Plata, al menos 16 embarazadas pasaron por allí, de las cuáles sólo una fue liberada. En estas celdas, fueron vistos por última vez los estudiantes secundarios secuestrados en los episodios conocidos como La Noche de los Lápices.

Los acusados

Además de Smart, Etchecolatz y Bergés, llegarán a juicio el entonces secretario de Gobierno –devenido en juez federal, ya en democracia– Juan María Torino, acusado junto a su jefe Smart por su rol de contralor sobre la Policía bonaerense; y el ex comisario y segundo jefe de la División Delitos contra la Propiedad, Enrique Augusto Barre. Entre los militares que llegarán a juicio, se destaca el caso del ex prófugo miembro del Destacamento 101 de Inteligencia de La Plata, Ricardo Luis Von Kyaw, quien fue deportado desde Panamá cuando las autoridades de ese país lo descubrieron con documentación falsa. Apenas pisó el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, en la Argentina, quedó detenido.

La lista se completa con el sub jefe del Comando de la Subzona 11, Héctor Humberto Gamen; el jefe del Regimiento de Infantería Mecanizada 3 de La Tablada, asiento del Área militar 112, Federico Minicucci; y los siguientes ex miembros del Destacamento de Inteligencia 101: el capitán de Caballería, Miguel Ángel Amigo; el capitán de Infantería a cargo de la Central de Reunión y, luego, jefe de la Sección Reunión Interior, Carlos María Romero Pavón; los jefes de  Contrainteligencia y del Grupo de Actividades Especiales, Roberto Armando Balmaceda y Ricardo Armando Fernández; el oficial de la Sección Central de Reunión, Gustavo Adolfo Cacivio; el jefe de la Sección Operaciones Especiales, Jorge Héctor Di Pasquale; el jefe de Actividades Psicológicas, Guillermo Alberto Domínguez Matheu; los capitanes Carlos Gustavo Fontana, Carlos del Señor Hidalgo Garzón y Anselmo Pedro Palavezzati; el jefe de la Sección Central de Reunión, Emilio Alberto Herrero Anzorena; y el segundo jefe del Destacamento, Antonio Herminio Simón.

jueves, 3 de septiembre de 2015

Fuera el cómplice Marín del gremio del Estado

Exigimos a la conducción nacional y provincial de ATE la expulsión del gremio de Juan Carlos Marín, por colaborador y cómplice civil de la dictadura militar argentina.

En el juicio  que se está desarrollando en La Plata, Fuerza de Tareas 5º, donde están siendo juzgados los represores de la Armada y la Prefectura Naval por los crímenes de lesa humanidad de la dictadura que llevaron adelante en la zona fabril de La Plata, Berisso y Ensenada, desapareciendo a decenas de trabajadores del Astillero Río Santiago, del frigorífico Swift, de Propulsora y de la Destilería YPF están apareciendo declaraciones sobre el rol colaboracionista y delator de la directiva de ATE-Ensenada durante la dictadura militar y de la continuidad de estos personajes en los cargos directivos y listas oficialistas de ATE en la actualidad. 

Ex delegados del Astillero Río Santiago declararon, sobre los dirigentes de ATE de aquellos años, que: "nunca hicieron nada para defendernos" y que "señalaron a los compañeros como activistas". Como así también  que cuando estuvieron detenidos en la comisaría de Ensenada "se presentó el secretario de ATE local, Juan Carlos Marín y los sindicó como Montoneros".
Al día de hoy, Juan Carlos Marín ocupa el cargo de secretario de Finanzas en el Centro Nacional de Jubilados y Pensionados de ATE, siendo candidato, en las elecciones que se desarrollaran el 2 de septiembre, a vicepresidente por ese centro en la seccional Ensenada por la Lista Blanca de ATE Ensenada (Verde provincial). 

Los abajo firmantes reclamamos la inmediata separación del cargo y la expulsión del gremio del colaborador de la dictadura, Juan Carlos Marin, mientras  avanzamos en la lucha por juicio y castigo a todos los genocidas y sus cómplices civiles, por todos los compañeros.

domingo, 23 de agosto de 2015

Un represor de la Marina violó la prisión domiciliaria

A juicio con un arsenal en casa

Durante la 5ta audiencia del juicio a la Fuerza de Tareas 5 el represor Juan Carlos Herzberg “ofreció” al tribunal las armas que posee en su casa donde, pese a 2 condenas anteriores, goza del beneficio de la domiciliaria. La farsa del control de ejecución de las preventivas y un tribunal que olvida lo sucedido con Jorge Julio Lopez.

Por HIJOS La Plata

Durante la 5ta audiencia del juicio que se lleva adelante en La Plata por los crímenes de la “Fuerza de Tareas 5” de Armada y Prefectura en Ensenada, Berisso y La Plata, quedó al descubierto la fragilidad con que justicia Federal intenta llevar adelante estos procesos, en franca exposición a males mayores sobre los testigos.
Luego de escuchar a los sobrevivientes Carlos Perdomo, Jorge Arri, Luis Córdoba, María del Carmen Miranda y Luis Bloga, el Tribunal Oral 1 de La Plata se propuso resolver algunos planteos de las partes sobre la “situación” de los represores imputados. Más temprano se había anunciado que sólo se encontraban presentes 4 de los 8 juzgados, que salvo uno cumplen prisión preventiva domiciliaria. Entre los ausentes estaba Juan Carlos Herzberg, oficial de la Marina que actuó como Director del Liceo Naval y Comandante de la FT5 entre febrero del '77 y el mismo mes del '78. Herzberg y el Tribunal 1 de La Plata son viejos conocidos: en 2010 se lo condenó a 10 años de prisión por la apropiación de la hija de desaparecidos María Natalia Suarez Nelson Corvalán, y en 2014 a otros 12 años por “complicidad en el Genocidio perpetrado durante la última dictadura” en 3 casos de secuestros juzgados en el proceso referido al CCD “La Cacha”. Pese a ello le sostuvieron la prisión domiciliaria, aún iniciado el tercer proceso que recae sobre él, esta vez específicamente por el plan represivo de la Armada en nuestra zona. Ahora el Tribunal lo tiene a disposición acusado sólo por la privación ilegal de la libertad de que fue víctima el desaparecido Mario Horacio Revoledo en mayo del '77. En abril pasado le había prorrogado la preventiva por 6 meses, y perdió la oportunidad de constatar su poder de fuego.
Sin haber informado antes a las mayoría de las querellas de los organismos de DD.HH., el tribunal hizo leer una resolución que anunciaba que en un allanamiento de noviembre pasado se habían encontrado municiones en el departamento de Luis María Campos al 1400 de CABA, donde el marino “cumple” el cómodo arresto.
Luego el TOF 1 informó que la fiscalía había pedido pericias para determinar si las municiones estaban en uso y si se correspondían con las armas que Herzberg había declarado poseer, eso sí bajo custodia de su hijo y su yerno. El asombro de las querellas, muchas de las cuales habían pedido la revocatoria de las domiciliarias al inicio del proceso, comenzaba a crecer, teniendo en cuenta que el hijo del represor es el fiador de su domiciliaria.
En lectura de corrido, los jueces informaron que Herzberg había presentado un escrito “poniendo a disposición del tribunal” las armas en cuestión.
La pericia del Registro Nacional de Armas (Renar) trocó el asombro en indignación para los pocos presentes en la sala: se informó que el reo tenía la credencial de portador vencida desde abril de 2009 y que su hijo estaba inhabilitado por el organismo a portarlas. Pero la mayor sorpresa fue al escuchar el verdadero arsenal que el marino ocultaba en su casa, o en poder de sus familiares: 11 armas de fuego, 8 calificadas “de guerra”, entre las calibre 12/70, las pistolas Smith &Weson, la Beretta, la Browning, los Winchester y hasta un fusil Máuser. A eso se le sumó el detalle de lo hallado en su casa, municiones calibre 12, 16, 22 y 44 más perdigones y pólvora sueltos, todos en buenas condiciones.
Pero mayor poder de fuego tuvo el tiro al aire con que el tribunal, en cuyo fuero 1 de cada 3 represores cumple domiciliaria, resolvió la cuestión. El juez César Álvarez propuso certificar los domicilios del hijo y yerno del marino, volver a ordenar pericias e informes al Renar para constatar nuevamente las condiciones de las armas y anoticiar a la Fiscalía para que inicie las investigaciones pertinentes sobre la posible comisión de un delito de acción pública. El Dr. Germán Castelli se limitó a rechazar el escrito presentado por el marino. El presidente del tribunal, Carlos Rosanzky, fue el único que votó por la revocación de la prisión domiciliaria para preservar la seguridad del imputado, su familia y los testigos del juicio. Argumentó también que el imputado no puede “ofrecer” al tribunal lo que no podía estar en su poder, y que hace más de un año el Registro había pedido al marino regularizar su situación sobre el material en cuestión.

Algunas querellas acompañaron el pedido de revocatoria con apelación en subsidio, a lo que se opuso el defensor oficial Adriano Máximo Liva, conocido por su encendida defensa del carnicero Luciano B. Menéndez en Córdoba en 2008, que dijo que el recurso no correspondía a las querellas, mucho menos en esta etapa del juicio. En un desconcierto general, el Tribunal afirmó que resolverá los planteos en la próxima audiencia, que será en 12 días. Mientras tanto Herzberg sigue en su casa sudando balas.

Antecedentes
El escandaloso hallazgo arroja varias reflexiones. Para empezar no es la primera vez que el TOF1 se enfrenta a este tipo de situaciones. En el juicio a Etchecolatz de 2006, el mismo tribunal le quitó la domiciliaria al jefe de las patotas de Camps a raíz de una denuncia del abogado querellante de la Asociación Anahí, que presidía la fundadora de Abuelas de Plaza de Mayo Chicha Mariani, quien pudo comprobar que el genocida -condenado y procesado en varias causas simultáneas- tenía armas "en perfecto funcionamiento" guardadas en su chalet de Mar del Plata, en donde cumplía el arresto domiciliario.

En aquella oportunidad el mismo tribunal, con voto de Rozansky y Norberto Lorenzo, había sostenido que “un individuo condenado entre otras penas a 23 años de prisión por gravísimos delitos e imputado en autos de una serie de también gravísimos hechos criminales, que posee un arma calibre 9mm y 30 proyectiles, no puede estar en su casa”. El tercer magistrado, Horacio Isaurralde, votó en disidencia. Pero además se desestimó el hecho de que la suegra de Etchecolatz hubiera entregado el arma a la Justicia cuando se enteró de la denuncia y argumenó que “el peligro potencial de la situación no disminuye en lo más mínimo con la simple y voluntaria entrega del arma (...) ni por las alegaciones de su defensor en cuanto a su frágil salud”, consideraron los jueces. Y añadieron: “Quien cumpliendo largas condenas, antiguo y entrenado usuario de armas y municiones y beneficiado por un sistema que le permitió alojarse en su propio domicilio, conserva en su poder desaprensivamente un arma de semejante calibre y una cantidad considerable de balas, representa un peligro para síy para terceros”.

Por último, los jueces compararon el caso de Etchecolatz con el de otros represores, a los cuales se les revocó el beneficio de del arresto domiciliario por quedar demostrado que salían de sus casas sin ningún tipo de control: “Si un detenido con régimen de prisión domiciliaria puede perder el beneficio e ir a la cárcel por el sólo hecho de salir para jugar al tenis o ir a comprar el pan, repugnaría el más elemental sentido de equidad que no lo perdiera quien posee en su casa una Browning 9 mm de Fabricaciones Militares”.
Aquella resolución se había dado 3 meses antes de la segunda desaparición forzada del testigo Jorge Julio Lopez, ocurrida sobre el final del juicio. Y fue confirmada por casación un año más tarde por entender que el reo era " peligroso para sí y para terceros ".
Pero la lección no fue suficiente para el Estado nacional, improvisado responsable de otorgar la tenencia y controlar la circulación de armas.

En octubre de 2007, ante un pedido del Ministerio de Defensa, el Renar dispuso “la inhabilidad preventiva como usuarios de armas” de 162 militares procesados en causas por delitos de lesa humanidad. Por entonces se informaba que los reos, entre los que se contaba a los jefes Jorge Rafael Videla, Reynaldo Benito Bignone, Albano Harguindeguy, Ramón Genaro Díaz Bessone, al asesino Alfredo Astiz, al jefe del “Vesubio” Alberto Durán Sáenz y al agente del Batallón 601 Pascual Guerrieri, debían entregar revólveres y pistolas en diez días.

La decisión se había motivado en el escándalo que significó aquel hecho referido a Etchecolatz, sumado al caso Lopez, y a que el general Ernesto Alais, acusado de participar en la represión en Tucumán y procesado en la causa por el “Plan Cóndor”, había llegado ser presidente de la Federación Argentina de Tiro.

Desde el Ministerio de Defensa, entonces en manos de Nilda Garré, trataron de romper la inercia corporativa de las Fuerzas Armadas pasándole el Renar a la cartera de Interior. El titular del organismo, Andrés Meiszner, intentó explicar que “la resolución 197 del 2006 modificó los requisitos para habilitar la tenencia de armas de fuego y dispuso que la autorización cae ante la sustanciación de cualquier proceso judicial”. Supuestamente, por un antecedente penal se inhabilitaba preventivamente la tenencia, y las armas quedaban en custodia del organismo hasta que se terminara el sumario y luego se destruían, o bien se le daba curso a la Unidad Fiscal del Renar para secuestrar el arma. Muy prolijo pero, a la vista de los hechos del juicio FT5 de La Plata, inexistente.
Lo que se presentó como una medida específica para control de os procesados por los casos de crímenes del Terrorismo de Estado, era en realidad una tardía constatación de morosidad masiva de reempadronamiento de parte de los represores. De hecho la citada resolución, que puede verse en http://www.renar.gov.ar/index_seccion.php?seccion=legislacion_visualizar&m=3&ley=32&disp=si , estipulaba requisitos generales para acceder a la condición de legítimo usuario de armas de fuego, sean de uso civil o de uso civil condicional con el objetivo manifiesto de “optimizar el sistema de registración y el debido contralor de los usuarios”. Para ello reordenaba los requisitos: acreditar identidad, domicilio, medios de vida, inexistencia de causas penales, aptitud psico-física y la debida instrucción y papeleo.

Para el año 2012, el Renar informaba orgulloso que, por la vía del Plan de Desarme Voluntario, en los últimos diez años la portación y la tenencia habían bajado un 50 por ciento. El titular del organismo, Matías Molle, declaraba exhultante que “el kirchnerismo vino a cambiar la política de armas del Estado argentino”, porque “es el único país de Latinoamérica donde el organismo encargado de controlar las armas está a cargo de un civil”.

Sin hacer diferencia entre la regularización o quita de circulación de armas legales y la proliferación de armas ilegales, Molle confesaba la precariedad de actuación del máximo órgano del Estado nacional en la materia: “Lo primero que hicimos fue contactarnos con el Ministerio Público Fiscal y la organización H.I.J.O.S. Ellos nos dieron la información de las personas que estaban procesadas por delitos de lesa humanidad y con esa información empezamos a trabajar”. http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/uso-de-armas-inhabilitan-a-imputados-de-lesa-y-agentes-exonerados-842.html

Sin trabajo de inteligencia ni estadísticas propias, la gestión K subestimaba así las viejas mañas de los dinosaurios de la dictadura. Los antecedentes sobre el descontrol de las domiciliarias en el fuero Federal de La Plata tienen ya varios capítulos: el arma de Etchecolatz dio paso al otorgamiento de domiciliaria al médico represor de la Brigada de San Justo, Juan Antonio Vidal, que estuvo más de 8 años prófugo y fue hallado en su propio domicilio, a la fuga del jefe del Pozo de Banfield Juan Miguel Wolk de su casa de Mar Del Plata con ayuda de su hija policía, y a los paseos prohibidos en bicicleta del represor del Destacamento 101 Carlos Hidalgo Garzón desde un geriátrico abierto.

Privilegios
No es de extrañar para un proceso de juzgamiento que esperó a la segunda desaparición de Lopez y su escalada posterior en el amedrentamiento de testigos para poner en funcionamiento un programa específico de acompañamiento de los sobrevivientes llamados a declarar. Tampoco de una política del bombero, que necesitó el envenenamiento de Héctor Febres, prefecto preso en dependencias federales de la fuerza a la que pertenecía aunque había violado reiteradamente el arresto, para decretar que los custodios de los represores no podían ser sus propios camaradas de fuerza.

El incidente Herzberg reabre la discusión sobre el otorgamiento de beneficios extraordinarios a los peores asesinos de nuestra historia. La razón hegemónica parece ser enviar a los gerontes a su casa porque el Estado no posee infraestructura médica para tenderlos en prisión. Pero tampoco para controlar ese régimen aliviado.

En 2009 se modificó la ley 24.660, que rige la ejecución de penas, con su complementaria 26.472 y se amplió en su artículo 32 los supuestos en los cuales procedía la prisión preventiva bajo la modalidad de prisión domiciliaria, otorgando beneficios para mayores de 70 años, madres embarazadas o con niños pequeños y enfermos terminales. Se lo hizo sin realizar ninguna excepción al respecto cuando se tratara de procesados o condenados por delitos de lesa humanidad. El criterio de aplicación del beneficio, al no distinguir delitos graves de los comunes, es que debe regir igualitariamente, para “no generar discriminaciones donde la ley no hace diferencias”. L consecuencias de ese pretendido “igualitarismo” son nulas en una justicia de clase como la argentina, donde el 40% de los procesados por lesa humanidad gozan de la domiciliaria y la mayoría de los presos comunes de los servicios penitenciarios Federal y provinciales sufren la Prisión Preventiva como pena anticipada.

En los fundamentos de la sentencia que condenó a Herzberg en 2010 el juez Ronzasky señalaba que "es muy distinta una sociedad en la que los jóvenes se eduquen en una cultura del conocimiento cabal de su historia y con genocidas que cumplieron sus condenas en una cárcel común, que la de aquella en la que los condenados por gravísimos delitos contra la humanidad, disfruten del verano en City Bell, tomando un refresco al lado de la pileta de natación (...), ello es -a no dudarlo- sinónimo de impunidad".

Queda dicho por quien encabeza el tribunal que debe juzgar los delitos de una de las zonas más castigadas por la represión en la dictadura, a quien le secuestraron un testigo en democracia, a quien Etchecolatz le ganó una batalla a razón de amenazas logrando que se excusara de los próximos debates que lo involucran y, esta semana, a quien se le escapó por años un arsenal.

martes, 11 de agosto de 2015

Fuerza de tareas 5: Tercera audiencia : memoria de la dignidad obrera

(HIJOS-LA PLATA) Durante la tercera audiencia se escucharon los testimonios de 4 sobrevivientes de los CCD de la Armada y Prefectura. Los compañeros siguieron señalando la estructura represiva de los marinos y la complicidad de la burocracia sindical de ATE Ensenada en dictadura. Pese a este juicio, muchos crímenes de la Armada continúan impunes

En primer término se escuchó a Mario Pelaez, trabajador de Astillero Río Santiago que sufrió secuestro y torturas tres meses antes del golpe de Estado, lo que da cuenta que el accionar represivo, la inteligencia, los medios y el circuito de lugares de detención ya estaban planificados y en pleno funcionamiento previo al golpe.
Con dificultades para movilizarse pero con claridad y contundencia para expresarse, Pelaez contó que desde el '74 era era delegado del Sector Maniobras en el Astillero, fue detenido de de la casa de sus padres la madrugada del 16 de enero del '76 y fue llevado al BIM 3, donde sufrió torturas y estuvo 3 o 4 días desaparecido.
El testigo relató que reconoció el lugar porque antes de ingresar a trabajar en el Astillero, en el año '69, había trabajado en una reforma muy grande de albañilería y pintura que se había hecho en el BIM3.
Lo ingresaron por la calle paralela al paredón y por el portón que estaba sobre calle 126. El lugar donde estuvo detenido era la enfermería del Batallón, en un subsuelo que daba a los fondos del predio, lindando con el Hospital Naval. Allí lo ataron a una cama, con un colchón de goma pluma mojado, le conectaron cables a los pies y comenzó la tortura y los golpes. Lo interrogaban por la bomba la bomba en la Fragata Trinidad por el asesinato de un sargento del Ejército. Luego lo subieron a la planta alta, a una celda que reconoció porque él mismo la había pintado como parte de aquel trabajo.
Recordó que estuvo tirado varios días sin agua ni comida, y que escuchaba gente gritar con la tortura, pero no pudo ver ni reconocer a nadie. Un día lo cargaron tabicado en un móvil y lo llevaron a u lugar al 20 minutos del BIM, del que sólo recuerda que tenía un portón grande de ingreso de vehículos. Otra noche lo vinieron a buscar, lo cargaron en una camioneta y lo tiraron en el Km 500 de Temperley.
También relató que en esos días el Astillero y las fábricas de la zona estaban todas paradas pidiendo su liberación y aparición con vida. “Ese hecho fue el que permitió que yo pudiera volver”, dijo. Y cuando regresó a la fábrica a pedir ser reincorporado e Director del Astillero, Capitán de Navío Enrique Carranza, lo mandó a llamar para que fuera a la oficina a hablar con él. Él se fue a una asamblea y les planteó es que si Carranza quería hablar lo que tenía que hacer era venir a la asamblea. Era viejos conocidos, porque según contó Carranza tenía una costumbre: a partir de las asambleas adentro de la fábrica, que no estaban permitidas, se estaba permitido, nosotros nos tomábamos un tiempo entre lo que era el primer turno del comedor y el segundo turno y realizábamos las Asambleas, entonces Cada vez que terminaba la Asamblea, Carranza lo mandaba a llamar a su oficina lo interrogaba sobre lo que había planteado en la asamblea. Carranza murió impune en 2008 y su conducción de Astilleros y Fábricas Navales del Estado (AFNE), en los períodos '63/'76 y '84/'86, le valió el doble rasero de patrón y represor en la memoria de los trabajadores. La patronal y la Armada, en cambio, lo recuerdan como el "padre de la industria naval argentina".
Respecto a la actividad sindical, el testigo contó que en aquel momento había dos sectores claros en el Cuerpo de Delegados: la burocracia de ATE Ensenada que “quedaba siempre atrás de los conflictos”; y los combativos, no reconocidos y perseguidos por el gremio. Rememoró que ATE Ensenada “defendía al gobierno de Isabel contra los trabajadores, y como yo era opositor y tenía un enfrentamiento con Juan Horvat (Secretario General de ATE Nacional) porque le había ganado una pulseada en la lucha por la Ley 14.250, no hicieron nada por mi liberación”. Puntualmente, Pelaez se había ganado la enemistad del gremio por haber encabezado una reclamo que logró evitar que Isabelita viniera a celebrar la botadura de un buque. “Si venía la idea era no dejarla hablar”, recordó Pelaez.
Pero el señalamiento de la complicidad de la burocracia no fue sólo político, ya que el testigo contó que en una ocasión, mientras estaba detenido junto a Ana María Nievas (delegada de Astilleros) en la comisaría de Ensenada, se presentó el secretario de ATE local, Juan Carlos Marín, y ante el pedido de que interviniera por ellos los sindicó como “Montoneros” ante los captores y se desentendió del tema.
Hoy en día Marín sigue siendo parte de la conducción de ATE en un puesto de Secretario de Finanzas en Nación y en el Centro de Jubilados y Pensionados en Ensenada. Distinta fue la suerte de Pelaez, que tuvo que empezar de nuevo tras ser liberado y hasta recordó que en total sufrió en su casa 11 operativos de la Marina “y me robaron todo”.


EL CAPITÁN ENRIQUE CARRANZA, JEFE DE AFNE Y PATRÓN DEL ASTILLERO.

El segundo testigo fue el sobreviviente Pedro Niselsky, también trabajador y delegado combativo del Astillero que tras ser secuestrado fue pasado por el circuito Prefectura-Liceo Naval-Unidad 9- Cárcel de Caseros.
Como hicieron otros testigos, Niselsky relató el cierre del Astillero la primer semana del golpe de Estado, y dijo que ante ello siguió con su trabaja alternativo de albañil. Fue secuestrado en su casa de Berisso el 25 de marzo del '76 cuando había regresado a almorzar. Fue llevado encapuchado en un micro junto a otros detenidos a la sede de Prefectura. Allí estuvo parado y obligado a mantener los brazos en alto con amenazas y golpes a quien los bajara. También relató el traslado en Ferry hasta el Liceo o escuela Naval, donde pudo saber e otros detenidos de Astillero, Propulsora y Swift allí cautivos. Recibió todo tipo de torturas y perdió parte de la audición en el denominado “teléfono”, la tortura que consiste en golpes directos y reiterados sobre los oídos.
Despediod el Astillero mientras se encontraba secuestrado, Niselsky contó que luchó en soledad por su reincorporación, sin apoyo del gremio “ni antes, ni ahora, ni nunca”, dijo. Tal es su caso que con 73 años no se puede jubilar, porque al igual que a otros compañeros no le reconocieron los años de aportes. Agregó que en estos últimos años el mandamás de la fábrica, Vicente “Pachuli” Ignomiriello les había prometido ocuparse de gestionar los casos, pero no hizo nada. “Llevo una cruz roja en la frente”, dijo Niselsky, que señaló que recuperó su libertad recién en 1980. Al final de su relato recordó “una mochila muy pesada que tengo todos estos años”: el caso de su mujer, Reina Leguizamón, empleada del frigorífico Swift secuestrada en junio del '76 y llevada al BIM 3 con Marta Cáneva. Su cuerpo apareció mutilado en el camino Costa Sur de Magdalena y el caso continúa impune.


EL BURÓCRATA DE ATE ENSENADA, JUAN CARLOS MARÍN, (2do DESDE LA IZQUIERDA) BLANCO EN CANAS Y DISFRUTANDO DE LAS CENAS CON JUBILADOS.

Los dos últimos testigos fueron los hermanos Miguel y Roberto Aguirre, trabajadores del Swift secuestrados el 25 de marzo del '76, al igual que su hermano Juan, ya fallecido.
Miguel señaló que los tres hermanos fueron llevados encapuchados a la Escuela o Liceo Naval, y que en el viaje eran amenazados de tirarlos al río. Dijo que lo echaron del frigorífico sin siquiera un telegrama de despido y se negaron a reincorporarlo, por lo que se hizo taxista.
Roberto sumó en su relato un paso previo por la sede de Prefectura, antes de encontrarse con sus hermanos en la Escuela Naval. Allí reconoció además a un oficial de apellido “Amaya”, que estaba a cargo de los detenidos y a quien conocía porque de joven lo llevaba con sus hermanos a jugar al fútbol. Señaló la clásica “recibida” que otros sobrevivientes contaron que sufrieron al llegar a la Unidad 9, donde eran puestos en fila y molidos a palos por los penitenciarios y los marinos que los trasladaban. Roberto que también perdió su puesto en el Swuift y en la estación de servicio donde trabajaba, pasó 56 días en esa unidad penal, y sus hermanos 21 meses.

Por los casos de Niselsky y Pelaez está acusado el ex Jefe de la Prefectura Naval Puerto La Plata, Carlos José Schaller, ya condenado por 1 caso de secuestro y torturas cuando era Jefe de Prefectura en Campana en 1974, es decir en en pleno gobierno peronista de la ex bailarina de cabaret María “Chabela” Martínez, respaldada por la actual burocracia sindical de la CGT cuando fue llamada a indagatoria por la causa “Triple A”. En el caso de Peláez también está imputado el jefe de operaciones del BIM 3, Fernando Guitián, el único imputado que hoy cumple detención en la cárcel.
Los hermanos Aguirre no son tenidos como caso en este juicio ni en ninguna otra causa, pese a haber sufrido los mismos delitos, en la misma época y en los mismos lugares que otros tantos compañeros. Por ejemplo, si los hermanos fueron secuestrados en marzo del '76, ya estaba en su puesto de mando el prefecto Schaller. El oficial “Amaya” nunca fue citado a declarar. Esto es una muestra de lo que queremos significar cuando decimos que estos juicios fragmentados, así planteados, reproducen la impunidad.

Las audiencias continúan el lunes 10 de agosto a las 10 hs, con otra ronda de testigos sobrevivientes. Son Públicas y para presenciarlas sólo hay que acreditarse con DNI en la sede del Tribunal, calle 4 entre 51 y 53.

Publicado por HIJOS - La Plata